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La Orden de 4 de mayo de 1990 (BOJA núm. 39, de 15 de mayo), de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, declaró las plantillas orgánicas de diferentes centros de destino de Distritos de Atención Primaria. Posteriormente, la Orden de 4 de febrero de 1991 modificó el Mapa de Atención Primaria de Andalucía, lo cual ha introducido cambios en el contenido de los Anexos de la primera de las Ordenes citadas. En base a ello, procede adecuar las plantillas orgánicas de las Zonas Básicas de Salud afectadas por la nueva estructuración territorial en base a la autorización que efectúa la Disposición Final del Decreto
195/1985, de 28 de agosto.
En su virtud, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 44º.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
DISPONGO
Artículo 1. Se modifican las plantillas orgánicas de los centros de destino recogidos en el Anexo a esta Orden, las cuales quedan configurados según se recoge en el mismo.
Artículo 2. Se faculta, con carácter general, al Director Gerente del SAS para dictar las normas de aplicación y desarrollo de esta Orden, la cual entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de julio de 1991
JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ
Consejero de Salud
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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