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Vistos los expedientes incoados por parte de los Organismos Competentes del Departamento relativos a Centros de Preescolar que, de hecho, han cesado sus actividades, habiéndoles sido dado a los titulares de dichos centros el trámite de vista y audiencia;
Resultando que los citados expedientes han sido tramitados en forma reglamentaria por las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia correspondientes;
Resultando que dichas Delegaciones han elevado propuestas sobre las referidas peticiones;
Resultando que los Centros objeto de los expedientes no han recibido subvención alguna por parte de la Administración Educativa o en caso contrario, les es debidamente retirada;
Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE 159 de 4 de julio); el Decreto 1855/74, de 7 de junio (BOE del 10 de julio) sobre régimen jurídico de la autorizaciones de los centros no estatales que regula, asimismo, el procedimiento de cese de actividades de los centros escolares privados; Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto: Autorizar, de conformidad con las propuestas emitidas, la supresión de unidades y cese de actividades a los Centros Privados de Preescolar que se relacionan en el anexo de la presente Orden, quedando nulas y sin ningún efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dichos centros, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura de los mismos, dar cumplimiento a los preceptos de la Ley General de Educación y disposiciones complementarias en materia de autorización de centros escolares privados.
Contra esta orden podrá interponerse ante el Consejero de Educación y Ciencia, según establece el Artículo 126, párrafo 1º. de la Ley de Procedimiento Administrativo, recursos de Reposición previo al Contencioso-Administrativo en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecidos en el Artículo 52,2º. de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
Sevilla, 9 de julio de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
ANEXO
Provincia de Cádiz
Municipio: La Línea de la Concepción
Localidad: La Línea de la Concepción
Código de Centro: 11007892
Domicilio: Avda. de España, 98
Denominación: Villa Emilia
Titular: Doña Magdalena García Merino y Doña Francisca Martín García Autorización: Supresión de 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 20 puestos escolares con sede de actividades del Centro. Por tanto este Centro desaparece como tal.
Provincia de Huelva
Municipio: Huelva
Localidad: Huelva
Código del Centro: 21001764
Domicilio: D. Borrero de la Feria, 2
Denominación: Regina Pacis
Titular: Doña Carmen Manzano Meriano.
Autorización: Supresión de 2 unidades de Preescolar (1 unidad de Jardín de Infancia para 40 puestos escolares y 1 unidad de Párvulos para 40 puestos escolares) por cese de actividades del Centro. Por tanto este Centro desaparece como tal.
Provincia de Málaga
Municipio: Málaga
Localidad: Málaga
Código del Centro: 29011503
Domicilio: Camino del Colmenar, 42
Denominación: Marypaz
Titular: Doña María Jiménez Palomeque
Autorización: Supresión de 1 unidad de Preescolar (Párvulos) para 20 puestos escolares por cese de actividades de Centro. Por tanto este Centro desaparece como tal.
Municipio: Málaga
Localidad: Málaga
Código de Centro: 29011114
Domicilio: Bda. D. José Salamanca Bl. 4, local 5
Denominación: Virgen de Gracia
Titular: Doña Gertrudis Moreno conejo
Autorización: Supresión de una unidad de Preescolar(Párvulos) para
40 puestos escolares por cese de actividades del Centro. por tanto este Centro desaparece como tal.
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