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Observado errores materiales y omisiones en la mecanización e informatización de los puestos de trabajo en Educación Preescolar, Educación General Básica y Educación Especial, procede efectuar su rectificación correspondiente y, a esos efectos, esta Consejería de Educación y Ciencia ordena lo siguiente:
Artículo 1º.- Se modifican los Centros que aparecen en el Anexo I de la Orden de 20 de Junio de 1991, antes mencionada.
Artículo 2º.- Se modifican las integraciones y desgloses que figuran en el Anexo II de la citada Orden de 20 de Junio de 1991.
Artículo 3º.- Se incluyen en el Anexo II, por omisión en el que figura en la Orden de 20 de Junio de 1991, los siguientes Centros:
PROVINCIA: SEVILLA
MUNICIPIO: CASTILLEJA DE LA CUESTA
LOCALIDAD: CASTILLEJA DE LA CUESTA
CODIGO: 41601425
NOMBRE: CP GLORIA FUERTES
DOMICILIO: BARRIADA NUEVA SEVILLA
INTEGRACIONES:
DEL CP LEON FELIPE
41010368 DE CASTILLEJA DE LA CUESTA
1 PUESTO DE TRABAJO DE PREESCOLAR
PROVINCIA: SEVILLA
MUNICIPIO: CASTILLEJA DE LA CUESTA
LOCALIDAD: CASTILLEJA DE LA CUESTA
CODIGO: 41010368
NOMBRE: CP LEON FELIPE
DOMICILIO: BARRIADA NUEVA SEVILLA
INTEGRACIONES:
DEL CP GLORIA FUERTES
41601425 DE CASTILLEJA
1 PUESTO DE TRABAJO DE PREESCOLAR
Artículo 4º.- Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguientes al de su publicación, cabe interponer recurso de reposición conforme a los artículos 52 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Sevilla, 25 de julio de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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