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En el recurso contencioso-administrativo núm. 2926/1989 interpuesto por Entidad Mercantil GAGMA, SA, contra Resolución de la Consejería de Gobernación de 29 de marzo de 1989, sobre infracción a la normativa del juego, ha recaído sentencia el 20 de marzo de 1989 pronunciada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
FALLAMOS:
Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la Compañía Mercantil GAGMA, SA, contra la resolución de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de marzo de 1989, dictada en recurso de alzada deducido contra otra de su Delegación en Cádiz recaída en expediente sancionador número
184/1988-M, por infracción en materia de juego que anulamos por prescripción, con devolución de la cantidad ingresada por multa, a la actora.
En consecuencia, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
ORDENA:
Primero: La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del fallo que ahora se transcribe.
Segundo: El cumplimiento de la expresada sentencia en sus propios términos.
Sevilla, 25 de julio de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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