Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 10/8/1991

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 31 de julio de 1991, por la que se regula la composición y el funcionamiento de los Consejos Asesores Provinciales para la coordinación con la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

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Por Orden de 8 de noviembre de 1989 se procedió a la creación en cada una de las provincias de Andalucía de los Consejos Asesores Provinciales de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (en adelante EPSA). Su configuración como órganos de carácter consultivo de composición paritaria con representantes de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y de EPSA; el carácter de las funciones que tienen atribuidas, esencialmente de coordinación de actuaciones asignadas a ambos, así como la nueva configuración orgánica y funcional de la Empresa surgida tras la aprobación de los nuevos Estatutos y Reglamento de Régimen Interior, hacen aconsejable proceder a la regulación específica de los Consejos Asesores Provinciales, introduciendo las modificaciones inherentes a la nueva etapa que inicia la Empresa.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por la Disposición Final del Decreto 113/1991 de 21 de mayo, esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Los Consejos Asesores Provinciales son órganos de carácter consultivo y deliberante para la coordinación a nivel provincial entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y EPSA, así como de apoyo a los órganos de gobierno de ésta.

Segundo. Son funciones de los Consejos Asesores Provinciales:

a) Colaborar con los órganos de EPSA en la formación de los Planes Plurianuales y Programa de Actuación, Inversiones y Financiación anual en lo que afecte al ámbito provincial respectivo.

b) Colaborar con los Organos de EPSA en la determinación de aquellas actuaciones que por no estar singularizadas en el PAIF hayan de aprobarse por el Consejo de Administración.

c) Fomentar la coordinación de la actividades de EPSA con el conjunto de las actuaciones de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, a cuyo efecto mantendrán una fluida y permanente relación de colaboración con los órganos de la Empresa y, en especial, con la respectiva Gerencia Provincial.

d) Seguimiento de las actuaciones provinciales que conformen las programas de EPSA en la provincia.

e) Realizar cuantas tareas les sean encomendadas por los órganos de EPSA y de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Tercero. Los Consejos Asesores Provinciales estarán integrados por:

a) El Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

b) El Gerente Provincial de EPSA.

c) El Jefe del Departamento de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Delegación Provincial.

d) El Jefe del Servicio de Arquitectura y Vivienda de la Delegación Provincial.

e) Un técnico designado por EPSA.

Asimismo, podrán asistir a las reuniones del Consejo, cuando así se estime oportuno, Técnicos de la Delegación o de EPSA, así como aquellas personas que en orden a los asuntos a tratar se considere conveniente convocar.

Cuarto. 1. Las reuniones de los Consejos Asesores Provinciales estarán presididas por el Delegado Provincial, debiendo celebrarse al menos tres sesiones ordinarias al año, con

carácter cuatrimestral y cuantas extraordinarias el Presidente estime oportunas.

De cada reunión se levantará acta por el Jefe del Departamento de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Delegación Provincial.

Quinto. Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo previsto en la presente Orden.

Sexto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II., para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 31 de julio de 1991

JUAN JOSE LOPEZ MARTOS

Consejero de Obras Públicas y Transportes.

Ilms. Sres.: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Directores Generales y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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