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Vista la propuesta presentada por la Comisión de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Córdoba nombrada según establece la norma novena de la Resolución de 15 de abril de 1991, BOJA núm. 36 de
17 de mayo de 1991, por la que se convocan becas para la formación de Personal Bibliotecario de la Biblioteca de la Universidad de Córdoba, la Junta de Gobierno de nuestra Universidad ha dispuesto:
Primero: Otorgar becas de Formación de Personal Bibliotecario, a los becarios que figuran en el anexo I, con efectos de 1 de septiembre de
1991 a 31 de agosto de 1992.
Segundo: Elaborar una lista de suplentes, relacionada en el anexo II, con objeto de cubrir las posibles vacantes producidas por renuncias de los candidatos seleccionados en el anexo I.
Tercero: La dotación de estas becas comprende.
a) Una asignación mensual de 70.000 ptas.
b) Seguro combinado de accidentes individuales, intervención quirúrgica, hospitalización y asistencia médica.
Estas becas serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizada expresamente por la Dirección General de Universidades e Investigación.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Córdoba, 28 de junio de 1991.- El Rector, Amador Jover Moyano.
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