Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Ante la solicitud de renovación de acreditación para extracción de órganos procedentes de cadáver del Hospital "San Juan de La Cruz", de Ubeda, que tenía concedida mediante Resolución de 8 de julio de 1986, por la Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas, al no haberse modificado las condiciones y requisitos necesarios para ello, esta Dirección-Gerencia, previo informe favorable de la Dirección General de Atención Sanitaria,
Resuelve
Primero: Renovar la acreditación para extracción de órganos procedentes de cadáver al Hospital "San Juan de la Cruz", de Ubeda (Jaén).
Segundo: Esta renovación será válida por un período de cuatro años a partir de la publicación en BOJA de la presente Resolución, siendo renovable por períodos de tiempo de la misma duración.
Tercero: La Institución hospitalaria estará obligada a observar cuantas prevenciones se especifican en la Ley 30/1979, de 277 de octubre, y en las demás disposiciones estatales y autonómicas, sometiéndose en el cumplimiento de las mismas a todas aquellas especificaciones que se deriven del desarrollo de dichas disposiciones.
Sevilla, 19 de agosto de 1991.- El Director-Gerente, PD. El Secretario General, Eulogio Rodríguez Becerra.
Descargar PDF