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En virtud de lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley 2/1990, de 2 de febrero de presupuesto de la Comunidad Autónoma, se da cumplimiento al deber de publicación en el BOJA de las subvenciones personales reguladas por el Decreto 169/89, de 11 de julio de adquirientes de viviendas de protección oficial de promoción privada y de vivienda usadas, concedidas por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Cádiz, 12 de julio de 1991.- El Delegado, Alfonso López Almagro.
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