Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 8/10/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 24 de septiembre de 1991, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad a la de 22 de julio de 1991, mediante la que se acredita el Centro de Rehabilitación de Alcohólicos Bitácora.

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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto 330/1988 de

5 de diciembre, por el que se dictan normas de Acreditación de Centros y Servicios de Atención a Drogodependientes, procede hacer pública la Resolución de la Consejería de Asuntos Sociales de fecha 22 de julio de

1991, la cual ha sido notificada a los solicitantes el día 26 de julio de

1991, y cuyo tenor literal es el siguiente: "Vista la solicitud presentada por D. Félix Reina Galán, como Presidente de la Asociación Bitácora con domicilio social en calle Carlos Cepeda nº 36, 2º-9 de Sevilla, en petición de acreditación del Centro de Tratamiento Ambulatorio para la Rehabilitación de Alcohólicos, situado en el mismo domicilio y

Resultando: Que la apertura del citado centro fue autorizado mediante Resolución del Consejero de Salud de fecha 27 de mayo de 1991, conforme a lo dispuesto en el Decreto 63/1981, de 9 de noviembre. Resultando: Que el Comisionado para la Droga, a la vista de la solicitud y la documentación remitida por la Asociación de referencia, y en base al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3 del Decreto

330/1988, de 5 de diciembre (BOJA núm. 2 de 10 de enero de 1990), emite informe favorable sobre la acreditación como Centro de Tratamiento Ambulatorio.

Considerando: Que esta Consejería es competente para resolver sobre la acreditación de Centros y Servicios de Atención a Drogrodependientes, conforme al Decreto 223/1990 de 27 de julio (BOJA núm. 53), al Decreto

287/1990 de 11 de septiembre (BOJA núm. 77) y al artículo 6 del Decreto

330/1988 de 5 de diciembre.

Vistos los preceptos legales anteriormente mencionados y los de general aplicación,

RESUELVO:

Acreditar al Centro de Tratamiento Ambulatorio para la Rehabilitación de Alcohólicos Bitácora, situado en la calle Carlos Cepeda nº 36 2º-9 de Sevilla como Centro de Tratamiento Ambulatorio para la Rehabilitación de Alcohólicos, de conformidad con lo previsto en el Decreto 330/1988 de 5 de diciembre.

Esta acreditación será válida durante un período de tres años a contar desde su notificación, siendo renovable, previa solicitud efectuada con tres meses, al menos, de anticipación a la fecha de la terminación de la vigencia de la acreditación. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes a contar desde su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo Lo que se hace público a los efectos oportunos

Sevilla, 24 de septiembre de 1991.- El Secretario General Técnico, Luis Miguel Jiménez Gómez.

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