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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, artículos 109.1, 112.1, 113, 114,
118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la enajenación, mediante subasta pública, de un inmueble de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Casariche (Sevilla), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de enero de 1991, cuya descripción es la siguiente:
Inmueble sito en la Plaza de Cuba, núm. 8, "Cuartillo de la Fuente" cuyos linderos son: derecha entrando con la fuente pública y casa de Doña Carmen y Doña Josefa Giráldez Sojo e izquierda y fondo con Don Prudencio Giráldez Sojo. Se trata de un edificio de dos plantas, del cual la planta baja es propiedad particular. Cuenta con una superficie de 22,5 metros cuadrados. Valoración: Trescientas mil pesetas.
Sevilla, 26 de septiembre de 1991
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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