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En el recurso de apelación núm. 2522/89 interpuesto por Don Manuel Muñoz Quirós, se ha dictado sentencia con fecha 27.5.91, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso de apelación formulado por la representación de Don Manuel Muñoz Quirós contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la extinta Audiencia Territorial de Sevilla de 3 de abril de 1989, declarando el derecho del recurrente a percibir cuatro mensualidades del sueldo base y el grado de carrera administrativa correspondiente a 21 de diciembre de
1984, en concepto de adaptación a la economía individual, al ser jubilado forzosamente, revocando en tal particular extremo la sentencia recurrida, y estimando en el mismo el recurso contencioso-administrativo, con la consecuente anulación en ese punto de las resoluciones recurridas; y que debemos desestimar y desestimamos en lo demás el recurso de apelación confirmando la sentencia recurrida".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 4 de octubre de 1991
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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