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Visto el Expediente tramitado por la Dirección General de Administración Local y Justicia, de acuerdo con la petición formulada por el Ayuntamiento de Tocina, de la provincia de Sevilla, al amparo del Decreto
117/89, de 31 de mayo, de esta Consejería, con destino a sufragar gastos de reforma de la Casa Consistorial.
Teniendo en cuenta las atribuciones que me confiere el Decreto 117/1989, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, como asimismo las facultades que se me otorgan por la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, modificada por la Ley 9/1987, de 9 de diciembre, y Ley 6/1990, de 29 de diciembre de Presupuesto de esta Comunidad Autónoma para el presente Ejercicio de 1991.
DISPONGO:
Primero. Conceder una subvención de tres millones de pesetas (3.000.000) al Ilmo. Ayuntamiento de Tocina de la provincia de Sevilla, con destino a sufragar gastos de reforma en la Casa Consistorial.
Segunda. La subvención que precede se declara especifica por razón de su objeto y se cargará a la aplicación presupuestaria 1.12.01.766.14A.
Tercero: La subvención concedida será fiscalizada a posteriori y justificada ante esta Consejería de Gobernación según lo previsto por el art. 19 de la Ley 6/1990 antes citada y por lo especificado en el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía en su Art. 38, aprobado por Decreto 149/1988 de 5 de abril.
Cuarto. De esta Orden se le dará conocimiento al Ilmo. Ayuntamiento de Tocina y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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