Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 95 de 29/10/1991

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 17 de octubre de 1991, por la que se concede al Ayuntamiento de Medina Sidonia de la provincia de Cádiz, una subvención de veinte millones doscientas mil pesetas, con destino a paliar el desequilibrio presupuestario derivado de los gastos de sostenimiento de obras y servicios.

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El Decreto 117/1989, de 31 de mayo, regula la concesión de subvenciones, por parte de esta Consejería de Gobernación, encontrándose previsto en el mismo y entre otras, aquéllas que se otorgaren a las Corporaciones Locales con destino a los gastos que no comporten inversión y respondan a los realizados para el sostenimiento de obras o servicios de competencia municipal y relacionados con los asignados a esta Consejería.

Por el Ilmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia, de la provincia de Cádiz, se ha formulado la correspondiente petición para la concesión de esta clase de subvención al amparo del citado Decreto. Visto el Expediente tramitado al respecto por la Dirección General de Administración Local y Justicia, y considerando que en el informe que figura en el mismo queda acreditado que por el destino de la subvención y el no obedecer a un programa determinado puedan obviarse los tramites de publicidad y concurrencia, y teniendo en cuenta las atribuciones que me están conferidas por el Decreto 117/1989, de 31 de mayo, que regula la concesión de estas subvenciones, como asimismo las facultades que se me otorgan por la Ley 51/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, modificada por la Ley

91/1987, de 9 de diciembre, y ley 6/1990, de 29 de diciembre de Presupuestos de esta Comunidad Autónoma para el presente Ejercicio de

1991.

DISPONGO:

Primero. Conceder al Ilmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz) una subvención de veinte millones doscientas mil pesetas (20.200.000) con destino a paliar el desequilibrio presupuestario derivado de los gastos de sostenimiento de obras y servicios.

Segundo. La subvención que procede se declara específica por razón de su objeto y se cargará a la aplicación presupuestaria 1.12.01.460.00.14A

Tercero. La subvención concedida, será finalizada a posteriori y justificada ante esta Consejería de Gobernación en la forma prevista en el Art. 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 149/1988 de 5 de abril. Asimismo será remitido a este Organo concedente los justificantes del uso de dicha subvención de acuerdo con lo establecido en el Art. 19 de la Ley 6/1990, de Presupuestos ya mencionada.

Cuarto. De esta Orden, se le dará conocimiento al Ilmo. Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz) y se publicará en el BOJA a los efectos consiguientes.

Sevilla, 17 de octubre de 1991

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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