Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 8/11/1991

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Otros. AYUNTAMIENTO DE OSUNA

ANUNCIO sobre provisión de plazas.

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BASES QUE HAN DE REGIR PARA EL CONCURSO PARA CUBRIR EN PROPIEDAD DIVERSAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA LABORAL DE ESTE AYUNTAMIENTO.

PRIMERO.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad , mediante concurso, de dos plazas de limpiador fijo discontinuo, vacantes en la plantilla laboral de éste Ayuntamiento.

SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.- Para tomar parte en la presente convocatoria, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad.

d) No padecer enfermedad ó defecto físico que le impida el normal ejercicio de la función.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas ó a las Entidades Locales, ni hallarse imposibilitado para el ejercicio de funciones públicas.

TERCERA.- INSTANCIAS.- Las instancias solicitando tomar parte en el concurso en el que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, debidamente reintegradas, en un plazo de veinte días, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", debiendo contener los siguientes datos, debidamente acreditados:

a) Nombre y apellidos.

b) Fecha y lugar de nacimiento.

c) Domicilio.

d) DNI y titulación que posee.

e) Puesto de trabajo que solicita.

f) Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Osuna con carácter temporal.

g) Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Osuna, desempeñando puesto de trabajo de iguales características a la plaza solicitada.

h) Tiempo de servicios prestados con carácter temporal en cualquier otra Administración Pública.

i) Otros méritos que estimen conveniente especificar.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el Artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

CUARTA.- BAREMO DE CALIFICACION.- La puntuación se obtendrá por cada uno de los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por cada mes de servicio prestados con carácter temporal en el Ayuntamiento de Osuna, se le puntuará con 0,1 puntos hasta un máximo de

1,5.

Por cada mes de servicio prestado con carácter temporal en el Ayuntamiento de Osuna, desempeñando puesto de trabajo de iguales característica a la plaza solicitada, 02 puntos hasta un máximo de 3.

Por cada mes de servicio prestado con carácter prestado en otra Administración Publica con carácter temporal, 0,1 puntos hasta un máximo de 1.

Otros méritos que estén relacionados con el puesto de trabajo solicitado, se puntuará libremente por el tribunal hasta un máximo de 1 punto.

Quinta.- EL TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador del del concurso estará constituido de la siguiente forma: Presidente: El de la Corporación ó miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante del Profesorado Oficial del Municipio.

Un Concejal de la Corporación, designado por la

Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Osuna con carácter temporal.

Tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Osuna, desempeñando puesto de trabajo de iguales características a la plaza solicitada.

Tiempo de servicios prestados con carácter temporal en cualquier otra Administración Publica.

Otros méritos que estimen conveniente especificar.

Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el Articulo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

CUARTA.- BAREMO DE CALIFICACION.- La puntuación se obtendrá por cada uno de los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo:

Por cada mes de servicio prestado con carácter temporal en el Ayuntamiento de Osuna, se le puntuará con 0,1 puntos hasta un máximo de

1,5.

Por cada mes de servicio prestado con carácter temporal en el Ayuntamiento de Osuna, desempeñando puesto de trabajo de iguales características a la plaza solicitada, 0,2 puntos hasta un máximo de

3.

Por cada mes de servicio prestado en otra Administración Publica con carácter temporal, 0,1 puntos hasta un máximo de 1.

Otros méritos que estén relacionados con el puesto de trabajo solicitado se puntuará libremente por el tribunal hasta un máximo de 1 punto.

QUINTA.- EL TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal Calificador del concurso estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales: Un representante del Profesorado Oficial del Municipio.

Un Concejal de la Corporación, designado por la

Un Funcionario Técnico designado por la Corporación.

Secretario del Tribunal: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Se designarán suplentes que simultáneamente con los titulares La designación de los miembros del Tribunal se hará pública.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de la mitad más uno de sus miembros, titulares ó suplentes, indistintamente teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en la oposición y que no se hallen previstas en las Bases.

SEXTA.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública las mismas y hará una propuesta al Presidente y éste elevará dicha relación al Ayuntamiento para su nombramiento. El aspirante propuesto presentará en la Secretaría General, dentro del plazo de veinte días, a partir del siguiente a la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la convocatoria se exigieron en la Base Segunda.

El concursante nombrado habrá de tomar posesión en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Si no tomara posesión en el plaza indicado, sin causa justificada, quedara en situación de cesante.

SEPTIMA.- RELACION DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS.- Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública, en el lugar ó lugares de la celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y elevarán dicha relación al señor Alcalde Presidente del Ayuntamiento.

Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

Las resoluciones del Tribunal tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los Artículos 109 y siguientes de la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas ó trámites afectados por la irregularidad.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento por la Presidencia de la Corporación, el opositor nombrado habrá de tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al que le sea notificado el nombramiento. Si no tomara posesión el aspirante en el plazo indicado, sin causa justificada, quedara en situación de cesante.

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