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Por Resolución de esta Secretaría General para la Administración Pública de 30 de septiembre de 1991 (BOJA del 8 de octubre) se efectuó convocatoria pública para la concesión de ayudas, con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio de 1991, a las Juntas de Personal existentes en la Administración de la Junta de Andalucía, para el desarrollo de actividades formativas, culturales o recreativas, destinando a las mismas un total de 75.000.000 de ptas.
Asimismo, por Resolución de 29 de noviembre de 1991 (BOJA del 3 de diciembre), se concedieron ayudas a determinadas Juntas de Personal y se excluyeron a otras, dándoles plazo para presentar las oportunas reclamaciones.
Terminado dicho plazo, examinada la documentación, a propuesta de la Comisión de Acción Social de la Mesa General de Negociación, esta Secretaría General
HA RESUELTO:
Primero: Conceder ayudas con cargo al Fondo de Acción Social, ejercicio
1991, para el desarrollo de las actividades formativas, culturales o recreativas a las Juntas de Personal relacionadas en el Anexo I de la presente Resolución, con los importes y para las actividades que asimismo se mencionan, de acuerdo con el punto Sexto de la Resolución de 30 de septiembre de 1991, mencionada.
Segundo: Denegar, por las causas que se indican, la ayuda solicitada con el mismo fin por la Junta de Personal que se relacionan en el Anexo II.
Tercero: Las Juntas de Personal beneficiarias de las ayudas quedan obligadas, tal como se recoge en el punto Undécimo de la Resolución de convocatoria citada, a rendir cuenta justificativa de la aplicación de los fondos a las actividades mencionadas, ante la Dirección General de la Función Pública (Servicio de Acción Social) con anterioridad al 30 de septiembre de 1992.
Cuarto: En el caso de que alguna Junta de Personal beneficiaria de esta modalidad de ayuda no aplicara en su totalidad la cantidad adjudicada a las actividades para las que aquélla fue concedida, vendrá obligada a ingresar en la cuenta de la Tesorería General de la Junta de Andalucía la parte no aplicada, dando cuenta de dicho ingreso al Servicio de Acción Social de la Dirección General de la Función Pública.
Quinto. Contra lo establecido en la presente Resolución, las Juntas de Personal interesadas podrán interponer recurso de reposición previo al contencioso administrativo ante la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sexto: La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de diciembre de 1991.- La Secretaría General, Carmen Capitán Carmona.
ANEXO I
CADIZ
SERVICIOS PERIFERICOS
Viaje cultural 1.800.000 Conferencias 300.000 Campamento juvenil 500.000 Actividades deportivas 1.000.000
TOTAL CONCEDIDO 3.600.000
CORDOBA
PERSONAL DOCENTE
Homenaje profesores jubilados 1.000.000 Convenio colaboración cultural 3.050.000
TOTAL CONCEDIDO 4.050.000
INSTITUCIONES SANITARIAS
Actividades deportivas 1.200.000 Actividades culturales 1.300.000 Fondo bibliográfico 400.000 Viajes culturales 600.000
TOTAL CONCEDIDO 3.500.000
HUELVA
SERVICIOS PERIFERICOS
Viaje recreativo cultural 4.050.000
TOTAL CONCEDIDO 4.050.000
INSTITUCIONES SANITARIAS
Visita cultural a Sevilla 1.800.000
TOTAL CONCEDIDO 1.800.000
PERSONAL DOCENTE
Actividades culturales 1.340.000 Fondos bibliográficos 200.000 Actividades deportivas 110.000 Jornadas profesionales y estudio
sobre problemática profesorado 1.400.000 Viaje recreativo 1.000.000
TOTAL CONCEDIDO
ANEXO II
PERSONAL DEL IARA
No remite proyecto de las actividades detallando temporalización y presupuesto específico de cada actividad.
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