Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 8/10/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 29 de septiembre de 1992, por la que se concede una subvención específica por razón del objeto, al Consejo Regulador de la denominación de Origen Baena.

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La Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, tiene como uno de los objetivos prioritarios la mejora de la calidad e imagen de los productos agroalimentarios y pesqueros andaluces, y la potenciación de las Denominaciones de Origen, Genéricas y Específicas que se encuentren en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para proteger y garantizar la calidad del aceite de oliva se crea en el seno de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía la Denominación de Origen «Baena¯. La vigilancia y control de la producción, elaboración y la calidad de los productos protegidos por dicha Denominación se lleva a cabo a través del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Baena, órgano desconcentrado de la Consejería de Agricultura y Pesca, con las funciones previstas en el Estatuto de la Viña del Vino y los Alcoholes así como en su Reglamento.

La denominación de Origen «Baena¯ para la financiación de sus obligaciones se acoge a lo establecido en la Ley 25/1970 Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes y a su Reglamento particular. Sus ingresos se recaudan fundamentalmente en base a una tasa sobre la producción de aceite de la denominación. En el momento actual, cuando el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Baena¯, se enfrenta al reto de las próximas elecciones, se hace necesario dotar al mismo de una infraestructura mínima que le permita coadyuvar con la Administración en el citado proceso, por lo que no es posible la concurrencia, en base al objeto específico de la subvención. En consecuencia y a tal fin

D I S P O N G O

1º. Conceder al Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Baena¯ una subvención específica por razón del objeto de hasta 4.000.000 ptas. para las inversiones destinadas a equipamiento e infraestructura necesarios de cara al próximo período electoral, así como para la creación de una sala de Catas con el fin de adaptarse a la reciente normativa de la CEE.

2º. El gasto será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria

2.15.03.741.05.61E.8.0852.200, existiendo consignación para realizar el pago.

3º. El pago de la subvención se podrá efectuar de la siguiente forma: el 50% a la entrada en vigor de la Orden y el restante 50% a la justificación de los gastos de infraestructura y equipamiento, así como los de instalación de la sala de Cata.

4º. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 29 de septiembre de 1992.

LEOCADIO MARIN RODRIGUEZ

Consejero de Agricultura y Pesca

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