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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 15 de julio de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
1266/89, promovido por la Telefónica de España, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora Dª Estrella Martín Ceres, en nombre y representación de la «Compañía Telefónica Nacional de España, Sociedad Anónima¯ contra la resolución de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social, de 20 de marzo de 1989 que, desestimando la alzada, confirmó otra de la Delegación Provincial de Granada de
24 de noviembre de 1988 por la que se imponía a la sociedad recurrente una sanción de multa de 100.000 pts. por una infracción grave de carácter laboral, debemos anular y anulamos los mencionados actos por no estar ajustados al Ordenamiento Jurídico, sin hacer declaración sobre costas.
Sevilla, 25 de septiembre de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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