Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 6/2/1992

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. SEIS DE MADRID

EDICTO. (PP. 1704/91).

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Doña Guillermina Martínez Hernández, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número seis de los de Madrid. Hago saber: que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía, con el número 37/1988 a instancia de Mita España, SA. representada en autos por el Procurador de los Tribunales Sra. Vinader Moraleda, contra Doña Carmen Rodríguez López y D. Julio A. Minguillón Buscató, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es como sigue: En Madrid a seis de julio de mil novecientos ochenta y nueve. Vistos por el Iltmo. Sr. D. Manuel Grosso de la Herrán, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de los de Madrid, los autos seguidos bajo el número 37/1988, sobre Juicio Declaratorio Ordinario de Menor Cuantía, instados por Mita España, SA., vecina de Alcobendas, Polígono Industrial de Alcobendas c/ Calabozos núm. 3 (Madrid), representada por el Procurador Sra. Vinades Moraleda, contra Doña Carmen Rodríguez López, mayor de edad, casada, vecina de Granada, c/ Parque los Infantes núm. 1 entresuelo C, y Don Julio A. Minguillón Buscató, mayor de edad, casado, vecino de Granada, c/ Parque de los Infantes núm. 1 entresuelo C, ambos declarados en rebeldía; y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Doña Carmen Vinader Moraleda, en nombre y representación de Mita España, SA., contra Doña Carmen Rodríguez López y Don Julio A. Minguillón Buscató, debo condenar y condeno a los referidos demandados a que paguen a la actora la cantidad de 517.322 ptas. (quinientas diecisiete mil trescientas veintidós pesetas), de principal, más intereses legales, condenándoles además al pago de las costas.

Contra la presente resolución, cabe interponer recurso de apelación, en el término del quinto día a partir de su notificación, ante el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de este Juzgado, del que conocerá en su caso, la Excma. Audiencia Provincial.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón y será notificada a los demandados rebeldes, en la forma prevenida en los artículos 263 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de no solicitarse la notificación personal, en término del quinto día, lo pronuncio, mando y firmo.

Firmado: Manuel Grosso de la Herrán, rubricado. Y para que sirva de notificación a los demandados Doña Carmen Rodríguez López y Don Julio A. Minguillón Buscató, declarados en rebeldía, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Andalucía que firmo en Madrid, a ocho de julio de mil novecientos noventa y uno.- La Secretaria.

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