Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 29/10/1992

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 158/1992, de 1 de septiembre, por el que se crea la Facultad de Ciencias de la Educación en la Universidad de Granada.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional duodécima, ap. 3, de la Ley Organica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la Universidad de Granada ha propuesto la creación de la Facultad de Ciencias de la Educación para impartir los estudios conducentes a la obtención de los distintos títulos establecidos en relación con las actividades educativas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el art. 19 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, a instancia del Consejo Social de la Universidad de Granada, con los informes del Consejo de Universidades y del Consejo Andaluz de Universidades, a propuesta de la Consejería de Educación y Ciencia y previa delibaración del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de septiembre de 1992,

D I S P O N G O:

Artículo único. Se crea en la Universidad de Granada una Facultad de Ciencias de la Educación, por transformación de la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de Educación General Básica y de la Sección de Pedagía de la Facultad de Filosofía y Letras, que organizará las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Pedagogía y de Maestro en las especialidades de Educación Infantil, Educación Primaria, Lengua Extranjera, Educación Física y Educación Especial.

DISPOSICION TRANSITORIA UNICA

La Facultad de Ciencias de la Educación asumirá, hasta su extinción, la organización de las enseñanzas que en la actualidad se imparten en la Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de Educación General Básica y en la Sección de Pedagoaía de la Facultad de Filosofía y Letras de dicha Universidad.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se faculta a la Consejería de Educación y Ciencia para adoptar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

Segunda. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de septiembre de 1992

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

Descargar PDF