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Los Municipios de Pujerra e Igualeja, ambos pertenecientes a la provincia de Málaga, acordaron proceder a la disolución de la agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría que tienen constituida, en las sesiones plenarias celebradas por sus respectivos Ayuntamientos los días 25 de enero y
31 de marzo de 1992.
Con este propósito se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo dispuesto por los artículos 161 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril,
10 del Real Decreto 1174/87, de 18 de septiembre, y demás normativas aplicables.
En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Artículo único. Se acuerda la disolución de la Agrupación para el sostenimiento en común de un puesto único de Secretaría constituida entre los municipios de Pujerra e Igualeja, ambos de la provincia de Málaga.
Sevilla, 3 de noviembre de 1992
ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS
Consejero de Gobernación
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