Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 9/12/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 4 de noviembre de 1992, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se concede al Ayuntamiento de Cádiz, una subvención por importe de quinientas mil pesetas, al amparo de lo establecido en el Decreto que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la petición elevada por el Ayuntamiento de Cádiz, sobre subvención para la «Sexto Congreso del Carnaval¯ al amparo de lo establecido en el Decreto 117/89, de 31 de mayo por el que se regulan las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a aquellas Entidades Territoriales, para gastos de no comporten inversiones recogidas en el artículo 1º A) del citado Decreto.

Resultando que, estudiada la petición y fundamentada en que es una actividad que está relacionada con las competencias asignadas a la Consejería de Gobernación, conforme a lo establecido en el artículo 1º A), párrafo 5º del Decreto 117/89, de

31 de mayo, y contando esta Delegación con dotación presupuestaria, Resultando que el Ayuntamiento aporta la documentación requerida en el Artículo 3º de la Orden de 2 de junio de 1989. Considerando que en virtud de lo establecido en la Orden de 11 de marzo de 1992, se faculta a este Delegado de Gobernación para otorgar, en esta provincia, las subvenciones solicitadas al amparo de lo estalecido en el Decreto 117/89 y, teniendo en cuenta el artículo 18.5 de la Ley 3/1991, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1992, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación del correspondiente acuerdo de concesión de subvención. Y en uso de las facultades que el artículo único de la citada Orden de 11 de marzo de 1992, me atribuye.

RESUELVO

1) Conceder al Ayuntamiento de Cádiz la cantidad de

500.000 pts., en concepto de subvención para la finalidad expresada.

2) Notificar su otorgamiento al citado Ayuntamiento.

3) Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de esta Delegación.

4) Requerir en el plazo máximo de 2 meses que justifique la aplicación de la subvención otorgada mediante Certificación del ingreso en su contabilidad, con expresión del asiento contable practicado y certificado acreditativo de la realización del servicio al cual va destinada la subvención (artículos 38 y 40 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía).

Cádiz, 4 de noviembre de 1992.- El Delegado, José Luis Blanco Romero.

Descargar PDF