Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 13 de 11/2/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 30 de enero de 1992, por la que se convoca a los Centros Educativos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la conmemoración del Día de la Mujer y a la realización de un Plan de Intervención Educativa relacionado con la Coeducación en la Escuela.

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La coeducación supone educar considerando las diferencias personales, al margen de los estereotipos sexuales, teniendo en cuenta los valores y capacidades individuales, con independencias de que por tradición se vengan considerando masculinos y femeninos, tendiendo al máximo desarrollo de su propio potencial para formar personas autónomas, justas, tolerables y solidarias.

En este sentido, un principio básico de la actividad educativa es la superación del sexismo que introduce la desigualdad y la jerarquización en el trato que reciben las personas por razón de su sexo. Este principio está recogido tanto en el preámbulo como en varios apartados de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

En nuestra Comunidad Autónoma, y dentro del Programa de Coeducación de la Consejería de Educación y Ciencia, se contemplan como objetivos prioritarios el informar y sensibilizar a la Comunidad educativa sobre el sexismo imperante en la sociedad actual y su posible tratamiento didáctico.

Por ello, este tema debe ser motivo permanente de reflexión y debe provocar necesariamente la realización de actividades puntuables y de proyectos globales.

En virtud de ello, esta Consejería viene a disponer:

1. En todos los Centros de los niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se potenciará la realización de una quincena de estudio y reflexión sobre la problemática del sexismo en la sociedad actual, coincidiendo con el día 8 de marzo en el que se conmemora el Día de la Mujer, procurándose la máxima participación de la comunidad educativa en su conjunto.

2. Durante esta quincena de reflexión y estudio podrán organizarse, entre otras, las siguientes actividades:

a) por grupos de alumnos y alumnas:

Murales

Comics

Periódicos escolares (monográficos)

Carteles

Cuentos con modelos de comportamiento no estereotipados y/o alternativos. Diaporamas

Otros

b) Por el profesorado:

Ejemplificaciones de fichas de trabajo de actividades. Ejemplificaciones de unidades temáticas.

3. Estas actividades se realizarán entre los días 4 y 20 de marzo de

1992, con la máxima participación de los centros procurándose la coordinación con iniciativas de similares objetivos promovidas por Instituciones locales u otras.

4. Además de ellos, esta Consejería de Educación y Ciencia pretende motivar y animar a todos los escolares y al profesorado en general a que desarrollen en sus centros actuaciones que potencien el tratamiento didáctico de este tema.

Por esto, se convoca a todos los Centros escolares públicos y privados no universitarios a la realización de un plan de intervención educativa relacionado con la coeducación en la escuela. Dicho plan de intervención habrá de desarrollarse hasta el mes de junio del año 1992, con la participación de alumnado y profesorado.

5. El plan de intervención se referirá a la problemática del sexismo en la sociedad, a través del desarrollo de la coeducación en la escuela. A modo de orientación, pueden tomarse, entre otros, los siguientes temas:

Trabajo domestico.

La mujer en la historia.

Científicas en la sombra.

Las mujeres en la literatura.

¿Igualdad de oportunidades?

Agresiones y malos tratos.

Roles y estereotipos.

Capacidad y valores, etc.

Los centros participantes presentarán cada Plan señalando las características del mismo: denominación, temporalización de actividades, material a utilizar, participantes en su elaboración y ejecución y mecanismo de evaluación y seguimiento.

6. El plan se remitirá, con anterioridad al 8 de marzo de 1992, a la Viceconsejería de Educación y Ciencia (Avda. República Argentina, 21,

3ra. planta), entregándose en el Registro General de esta Consejería o enviándose mediante cualquiera de la vías establecidas en artículo 51 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en sobre o carpeta cerrados con la dirección del Centro y denominación del tema.

7. La Consejería de Educación y Ciencia resolverá y hará pública la relación de proyectos que merezcan ser distinguidos con una cantidad económica, que oscilará entre las 25.000 y 50.000 ptas., y dentro de las disponibilidades presupuestarias, y que servirán para la ejecución del Plan diseñado.

Para esta resolución se creará una comisión, presidida, por el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Educación y Ciencia o persona en quien delegue, e integrada por tres funcionarios de la Consejería de Educación y Ciencia, una coordinadora provincial del Programa de Coeducación y la coordinadora a nivel regional, que actuará como secretaria.

8. Los participantes se obligan:

a) A la ejecución del Plan en los plazos previstos.

b) A la realización de una memoria final pormenorizado de las actividades y, en su caso, relación del material elaborado y obtenido. Dicha memoria será remitida, una vez finalizado el Plan, a la Viceconsejería de Educación y Ciencia antes del 31 de junio.

9. La Consejería de Educación y Ciencia se reserva el derecho en la publicación de los trabajos presentados.

10. La Consejería de Educación y Ciencia, a la vista de las Memorias remitidas, eligirá los 3 planes que considere más acordes con los objetivos de esta Consejería y otorgará tres premios de 150.000 ptas. y lote de libros, referentes al tema, para estos centros distinguidos.

Sevilla, 30 de enero de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

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