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El Servicio Andaluz de Salud, ante las especiales características de las interrupciones del embarazo -según dispone la L.O.
9/85 de 5 de julio- en pacientes de alto riesgo o de más de doce semanas de gestación, la gran complejidad de las técnicas que se aplican y la dotación consiguiente, ha considerado la necesidad de establecer una relación de tarifas acorde con la importancia de estos servicios.
Por todo ello, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 6.3 del Decreto 135/91, de 16 de julio, de Ordenación y Organización de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud
RESUELVO
Primero: Modificar el Anexo II.1. de la Resolución 48/92 de
2 de julio, publicada en el BOJA núm. 66 de 14 de julio de 1992 y establecer, en consecuencia, las siguientes tarifas en función del número de semanas de gestación que corresponda a cada servicio:
hasta 13 semanas de gestación.......... 60.000 ptas. hasta 14 semanas de gestación.......... 60.000 ptas. hasta 15 semanas de gestación.......... 60.000 ptas. hasta 16 semanas de gestación.......... 80.000 ptas. hasta 17 semanas de gestación.......... 80.000 ptas. hasta 18 semanas de gestación.......... 80.000 ptas. hasta 19 semanas de gestación.......... 100.000 ptas. hasta 20 semanas de gestación.......... 100.000 ptas. hasta 21 semanas de gestación.......... 125.000 ptas. hasta 22 o más de gestación.......... 150.000 ptas.
Segundo: Establecer un período de veinte días naturales, a partir de la publicación en BOJA de la presente resolución, para la presentación de ofertas de servicios de IVE que impliquen alto riesgo y sean superiores a las doce semanas de gestación.
DISPOSICION FINAL
La presente Resolución tendrá efecto a partir del día siguiente a su publicación, quedando derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a los aquí dispuesto.
Sevilla, 2 de diciembre de 1992.- El Director Gerente, Ignacio Moreno Cayetano.
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