Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 22/12/1992

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº 3 DE SEVILLA

EDICTO (PP. 2125/92).

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El Magistrado Juez de Primera Instancia Número Tres de Sevilla.

Hace Saber: Que en este Juzgado de mi cargo, bajo número

1118/91, se siguen autos de Venta en pública subasta a instancia del Procurador Sr. Martínez Retamero, en representación del Banco Hipotecario de España, S.A., contra Don Antonio Varela Calderón y otro, en reclamación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública subasta, por término de veinte días y precio de su avalúo la siguiente finca: Vivienda sita en calle San Marcos, en planta segunda, tipo B, ocupa una superficie útil de sesenta y ocho metros veinte decímetros cuadrados, inscrita en el registro de la Propioedad de San Fernando, libro 570, folio 109, finca número

24.875, incripción segunda.

La subasta tendrá lugar en la sala de audiencia de este Juzgado, sito en Avda. Ramón y Cajal s/n edificio Viapol, el próximo día doce de marzo de 1993 a las doce horas, con arreglo a las siguientes condiciones:

1. El tipo del remate será de la valoración efectuada en la escritura de constitución de la hipoteca, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de dicha suma.

2. Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previamente en la mesa del Juzgado o establecimiento destinado al efecto el veinte por ciento del tipo de remate.

3. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, depositando junto con aquél el veinte por ciento del tipo de remate.

4. Podrá hacerse el remate a calidad de ceder a un tercero (condición exclusiva del ejecutante).

5. Se reservarán en depósito o a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que, si el primer adjudicatario no cumpliese la obligación pueda aprobarse el remate a favor de los que le siguen por el orden de sus respectivas posturas.

6. Los títulos de propiedad, suplidos por certificación del registro, se encuentran de manifiesto en la Secretaría del Juzgado, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

7. Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes si las hubiere, al crédito del actor, quedarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

8. Para el supuesto de que resultare desierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el próximo día doce de abril y hora de las doce, en las mismas condiciones que la primera, excepto el tipo del remate que será del setenta y cinco por ciento del de la primera; y, caso de resultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día doce de mayo de 1993, también a las doce horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

Dado en Sevilla a cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y dos.- El Secretario;

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