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El Decreto de la Consejería de Gobernación 117/1989, de 31 de mayo, regula el procedimiento de concesión de subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades sin ánimo de lucro, que realicen actividades relacionadas directamente con las competencias que tiene asignadas esta Consejería.
La Orden de 2 de junio de 1989 delega en los Delegados de la Consejería la competencia de otorgar dichas subvenciones hasta una cuantía de
1.000.000 pesetas.
En uso de las atribuciones conferidas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.4 de la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1991.
DISPONGO
Primero: Se hace pública la relación de subvenciones concedidas al amparo del Decreto 117/1989, de 31 de mayo, que figura en el Anexo a la presente Resolución.
Segundo: Las Corporaciones y Entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del citado Decreto.
Jaén, 15 de enero de 1992.- El Delegado, Juan Torres Morales.
ANEXO
ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO
Entidad beneficiaria: Federación de Asociaciones Romaníes Andaluzas. Subvención concedida: Seiscientas ochenta y siete mil quinientas pesetas (687.500 ptas.).
Destino de la subvención: Asesoramiento jurídico para defensa de los derechos de familias gitanas, exceptuándose la defensa jurídica de las personas implicadas en la muerte de un vecino de Mancha Real acaecida el
18.5.91.
CORPORACIONES LOCALES
Beneficiario: Ayuntamiento de Pegalajar.
Subvención concedida: Novecientas cuatro mil doscientas cuatro pesetas (904.204 ptas.).
Destino de la subvención: Gastos Festival Flamenco.
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