Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 14/2/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 12 de febrero de 1992, de la Secretaría General de Estructuras y Tecnología, por la que se convoca a entidades y organizaciones agrarias y agroalimentarias para la presentación de proyectos mixtos de colaboración con la Consejería, en el Programa de Desarrollo Transferencia de Tecnología.

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La Orden de 27 de enero de 1992 por la que se convoca a las organizaciones participantes en el Acuerdo para la Concertación en el sector agroalimentaria andaluz, refiere en su disposición final que las actividades correspondientes o investigación y desarrollo se atenderán a las normas que en la Resolución de la Secretaría General de Estructura y Tecnología se dictarán al efecto.

Por ello y con el fin de intensificar los procesos de desarrollo y transferencia de tecnología hacia el sector agrario y agroalimentario, vinculando a tales procesos al sector privado en actuaciones conjuntas con la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera.

RESUELVO

Las Entidades y Organizaciones Agrarias y Agroalimentarias podrán presentar proyectos mixtos de actuación en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Los proyectos mixtos se adaptarán preferentemente a la tipología referida en el anexo de la presente Resolución y contemplarán algunas de las actuaciones de desarrollo y transferencia de tecnología siguientes:

a) Aplicación y adaptación de resultados de investigación a los sectores agroalimentarios.

b) Redes experimentales de contrastación de resultados de la investigación a nivel comarcal.

c) Actuaciones de difusión de tecnologías agroalimentarias.

3. El contenido de los proyectos a presentar incluirán para cada uno de ellos, como mínimo, los siguientes puntos:

a) Objetivos.

b) Justificación.

c) Metodología a aplicar.

d) Acciones a llevar a cabo por los solicitantes y por la Consejería, con expresión de los recursos materiales y humanos destinados a tal fin, así como del coordinador responsable de cada proyecto.

e) Calendario de trabajo.

f) Presupuesto y financiación (con expresión de la aportación del solicitante al proyecto y de la ayuda que solicita).

4. Podrán ser beneficiarios de las ayudas descritas en esta Resolución las Entidades y Organizaciones Agrarias y Agroalimentarias.

5. Se acompañará a cada petición una declaración jurada o responsable suscrita por el solicitante de estar al corriente de los pagos fiscales y de Seguridad Social, una certificación del título de constitución y del depósito de sus Estatutos.

6. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Consejería de Agricultura y Pesca (c/ Juan de Lara Nieto s/n. Complejo Tabladilla, 41071 Sevilla).

7. Las ayudas a cada proyecto podrán llegar hasta el 50% del coste total del mismo.

8. La percepción de la ayuda se hará tras presentar una memoria de las actuaciones desarrolladas y valoración de las mismas a las que se unirá la certificación de conformidad de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera.

9. La presente convocatoria se resolverá por la Secretaría General de Estructuras y Tecnología a propuesta de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Formación Agroalimentaria y Pesquera, una vez valorados los proyectos presentados, comunicándose a cada solicitante la cantidad concedida para cada uno de los mismos. En relación con la valoración de las actividades propuestas se tendrá en cuenta:

a) Repercusión socioeconómica del proyecto propuesto.

b) Adaptación a la temática recogida en el anexo de esta Resolución.

c) Adecuación y calidad de la metodología a aplicar.

d) Idoneidad de los recursos disponibles a los fines del programa y valoración de los que se solicitan.

e) En caso de que la ejecución del programa incluyera la contratación de técnicos por el solicitante, se valorará el hecho de haber sido becario del Plan de Formación Personal de Investigación y Desarrollo de la Consejería de Agricultura y Pesca.

10. Se podrán conceder anticipos de hasta el 50% del importe de la ayuda concedida, a petición del solicitante y previa presentación de las garantías legales establecidas.

11. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de febrero de 1992. El Secretario General, Fernando Ciria Parras.

ANEXO

TEMAS PRIORITARIOS DE I+D

1. Programa Valle del Guadalquivir.

Proyectos:

1.1. Economía del agua de riego.

1.2. Mejora de la competitividad de explotaciones de secano.

1.3. Industrialización de hortícolas extensivas.

1.4. Agricultura Ecológica.

1.5. Reducción del impacto ambiental por insumos en los vegetales.

2. Programa Agricultura de Costa.

Proyectos:

2.1. Economía agua riego.

2.2. Diversificación de los productos de litoral.

2.3. Mejora de la calidad de los productos de litoral.

3. Programa Agricultura Mediterránea.

Proyectos:

3.1. Diversificación y mejora de la calidad de los productos vitivinícolas.

3.2. Mejora calidad aceites.

4. Programa Agricultura de Montaña.

Proyectos:

4.1. Conservación y aprovechamiento del medio natural.

4.2. Mejora calidad aceite.

4.3. Agricultura ecológica.

4.4. Desarrollo rural.

5. Programa Forestal.

Proyectos:

5.1. Aprovechamiento forestal.

5.2. Defensa de incendios forestales.

6. Programa Producción Animal.

Proyectos:

6.1. Economía de las explotaciones ganaderas.

6.2. Calidad de las producciones.

6.3. Alimentación.

7. Programa Sanidad Vegetal.

Proyectos:

7.1. Mejora sanidad en explotaciones de invernaderos.

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