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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los capítulos III, del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre sobre autorización de instalaciones eléctricas, Decreto 2619/1966, Ley
10/1966, Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión de 28.11.68. de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen según el apartado 9. del artículo 2. del RD.
1091/1981, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5. del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Cía Sevillana de Electricidad, SA. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Puerto Guerra- Cerro del Tomillar Final: Cerro Cauro-Benalúa de las Villas-Cortijo Saladillo-Enlace Peñuelas.
Términos municipales afectados: Colomera y Benalúa de las Villas. Tipo: aérea.
Longitud en Km.: 9,366
Tensión de servicio: 20 Kv.
Conductores: Al. Ac. de 54,6, mm2.
Apoyos: metálicos.
Aisladores: cadena 3 elementos.
Potencia a transportar: 6990 Kva.
Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 23.048.408 pesetas.
Finalidad: Modificación de línea aérea de media tensión por construcción del Pantano de Colomera.
Referencia: 4870/AT.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. Se observarán los condicionados emitidos por al Excma. Diputación Provincial, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Ayuntamientos de Colomera y Benalúa de las Villas y Telefónica de España SA. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/1966, de 18 de marzo sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.
Granada, 21 de noviembre de 1991.- El Delegado, Pedro M. Serrano León.
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