Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo núm. 798/1991, interpuesto por doña Milagrosa González Jiménez contra la Resolución de 1 de octubre de 1990 de la Consejería de Salud y Servicios Sociales sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia en fecha 14 de octubre de 1991, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimar el recurso interpuesto por doña Milagrosa González Jiménez contra Resolución de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Andalucía de 1 de octubre de 1990, desestimatoria de alzada contra otra del Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud de 28 de marzo de 1990, que le impuso la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo como autora de una falta grave tipificada en el art. 124.4 del Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo de la Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico en cuanto no aplica la prescripción de la infracción, sin costas".
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 30 de enero de 1992
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
Descargar PDF