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El Decreto 117/1985, de 5 de junio, por el que se crea la Medalla de Andalucía, establece que tal distinción se concederá en reconocimiento a las acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios realizados por personas o entidades que sean manifestación del trabajo y la solidaridad en beneficio de los demás ciudadanos.
D. Manuel Cano Tamayo, natural de Granada, falleció el pasado día 12 de enero, fue un instrumentista genial, estudioso del folklore andaluz, titular de la primera cátedra oficia de Guitarra Flamenca en el Conservatorio Superior de Música de Córdoba y compositor, siendo en gran impulsor de la investigación de nuestro floklore y un Maestro para las generaciones futuras. Es manifiesto, por tanto, que en D. Manuel Cano Tamayo, concurren méritos suficiente para hacerse acreedor a la referida distinción. En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Educación y Ciencia, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de febrero de 1992,
D I S P O N G O:
Artículo Unico. Se concede a D. Manuel Cano Tamayo la Medalla de Andalucía, a título póstumo, en su categoría de plata, con todos los honores previstos en el Decreto 117/1985, de 5 de junio.
Sevilla, 25 de febrero de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de la Presidencia
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