Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/2/1992

1. Disposiciones generales

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 10 de febrero de 1992, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la aprobación de las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la estación de autobuses de Sevilla (Prado de San Sebastián).

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El Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, titular de la explotación de la Estación de Autobuses del Prado de San Sebastián, ha solicitado ante esta Dirección General, con fecha 16 de diciembre de 1991, revisión de tarifas de aplicación en la explotación de la citada Estación. La actual tarifa tiene su origen en la Resolución de 24 de enero de 1990 de esta Dirección General (BOJA de 9 de febrero). De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 16/87 de 30 de julio de Ordenación de los Transportes Terrestres y artículo

187.3 de su Reglamento de Aplicación, y vista la propuesta que formula el Servicio de Gestión del Transporte, esta Dirección General ha resuelto lo siguiente:

1º. Se aprueba el cuadro de tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses del Prado de San Sebastián, que a continuación se expone, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas, y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

TARIFA PRIMERA

Por entrada de un autobús con viajeros al finalizar viaje o en tránsito y por salida de un autobús con viajeros al emprender viaje o en tránsito:

a) Recorrido inferior a 25 kms...........20 Ptas.

b) Recorrido superior a 25 kms...........30 Ptas.

TARIFA SEGUNDA

Por la utilización de los servicios generales de la estación.

Por cada billete expedido para los viajeros que salen o rinden viaje en la Estación:

a) Recorrido inferior a 25 kms. (no aplica tarifa).

b) Recorrido entre 26 y 50 kms...........2 Ptas.

c) Recorrido entre 51 y 75 kms...........9 Ptas.

d) Recorrido entre 76 y 200 kms...........14 Ptas.

e) Recorrido superior a 200 kms...........20 Ptas.

TARIFA TERCERA

Por la utilización de los servicios de consigna:

Por cada bulto..........30 Ptas.

TARIFA CUARTA

Por la utilización de la superficie de la Estación, sus dependencias y andenes:

a) Por cada m2 y mes destinado a oficinas de expedición de billetes y dependencias de las empresas concesionarias..........380 Ptas.

b) Por cada permanencia de autobús, siempre que sea superior a los 30 minutos, por día natural o fracción..........380 Ptas.

2º. El cuadro de tarifas deberá hallarse expuesto obligatoriamente al público.

3º. Las tarifas máximas de aplicación en la explotación de la estación de Autobuses de Sevilla (Prado de San Sebastián) entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 10 de febrero de 1992.- El Director General, Damián Alvarez Sala.

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