Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 5/3/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 26 de febrero de 1992, por la que se modifica el plazo de justificación de las subvenciones concedidas a las organizaciones sindicales reguladas en la presente norma.

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Las Ordenes de 29 de julio, 30 de septiembre, 31 de octubre y 11 de diciembre de 1991, regularon la concesión de subvenciones a las Organizaciones Sindicales para la financiación de la actividad sindical de las mismas en el ámbito del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estableciendo aquéllas un plazo de justificación de las mismas, que se hace necesario fijar de nuevo a partir del pago en firme de la subvención. En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, y a propuesta de la Secretaría General para la Administración Pública,

D I S P O N G O:

Artículo Unico. El pago de las subvenciones se hará en firme, debiendo justificar las Organizaciones Sindicales beneficiarias el destino y aplicación de los fondos, en un plazo de 2 meses, contados a partir de la recepción de dichas subvenciones.

DISPOSICION DEROGATORIA

Quedan derogados el artículo 4º de las Ordenes de 29 de julio y 30 de septiembre de 1991 y el artículo 5º de las Ordenes de 31 de octubre y 11 de diciembre de 1991.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de febrero de 1992

ANGEL MARTIN-LAGOS CONTRERAS

Consejero de Gobernación

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