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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el punto 1º del Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el se autoriza a todas las Consejerías y Organismos Autónomos de la Junta de Andalucía a la percepción de precios públicos por la venta de ediciones que publiquen, y en uso de las facultades que me han sido conferidas.
DISPONGO:
Artículo único. El precio público por la venta de los impresos relacionados en el Anexo queda fijado en la cuantía que en el mismo se indica.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de marzo de 1992
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
ANEXO
Modelo Precio
Boletín de Instalaciones de agua (II) 550 ptas Boletín de Instalaciones eléctricas (II) 550 ptas.
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