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En el expediente instruido el afecto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 22.21, de la Ley 7/85 de 2 de abril,
49.2 del R.D. 781/86 de 18 de abril, y 109, 110 y siguientes del R.D. 1372/86 de 13 de junio.
Correspondiendo al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía dar conformidad en los expedientes de enajenación de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.9. del R.D. 29/86 de 19 de febrero.
En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer:
1. Prestar conformidad a la cesión gratuita del inmueble sito en Avda. de Andalucía núm. 2, propiedad del Ayuntamiento de Villaharta, con la calificación de bien patrimonial, con la siguiente descripción:
«Solar sito en Avenida de Andalucía, número dos, de 416 m2 que se segrega de la finca número seiscientas setenta y cinco, inscrita al folio 201 vuelta, tomo 551, inscrita a favor del Ayuntamiento de Villharta (Córdoba), en el Registro de la Propiedad de Fuente Obejuna (Córdoba).
2. Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Villaharta (Córdoba).
3. Remitir la presente Resolución para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 16 de julio de 1991.- El Delegado, Rafael Ortega Cruz.
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