Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 7/4/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

RESOLUCION de 11 de marzo de 1992, de la Agencia de Medio Ambiente, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, y del Auto dictado por la Sala Tercera (Sección Cuarta), del Tribunal Supremo, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 965/1989, interpuesto por la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 965/1989, interpuesto por la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Jaén (ASAGA-JAEN), contra Resolución del Consejo de Gobierno desestimatoria del recurso de reposición confirmando otro del mismo Consejo, sobre nulidad de los Artículos 2º y 4º del Decreto 10/1986, de 5 de febrero por el que se constituye el Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas, y en consecuencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 19 de noviembre de 1990, cuyo pronunciamiento es el siguiente:

«Fallamos: Desestimamos el recurso interpuesto por la «Asociación de Agricultores y Ganaderos de Jaén¯, contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 19 de julio de 1988, desestimatorio de la petición de declaración de nulidad de determinados preceptos del Decreto 10/86, de 5 de febrero, sin imposición de costas¯.

Contra la citada Sentencia, se interpuso Recurso de Apelación ante el Tribunal Supremo-Sala Tercera (Sección Cuarta)- que dictó Auto de fecha de 19 de noviembre de 1991, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«La Sala Acuerda: Se declara desierta la presente apelación interpuesta por la Asociación de Agricultores y Ganaderos de Jaén, contra la Sentencia de 19 de noviembre de 1990 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla -Sección Primera- y devuélvanse a ésta las actuaciones para su ejecución¯.

En su virtud, esta Agencia de Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución,

17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo,

ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.

Sevilla, 11 de marzo de 1992.- El Presidente, Fernando Martínez Salcedo.

Descargar PDF