Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 11/4/1992

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Otros. Mº DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. I.N.EMPLEO

ANUNCIO.

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La normativa aplicable a la homologación e inscripción de Centros Colaboradores, así como la pérdida de la condición de Centros Colaboradores, se encuentra regulada en el Real Decreto

1618/1990, de 14 de diciembre y en la Orden de 1 de abril de

1991.

Visto el informe de incidencias emitido por la Dirección Provincial del INEM de Huelva, referido al Centro Colaborador «Gabinete

2000¯, cuyo responsable jurídico es D. Juan Galán López, con N.I.F. 25924204 y número de censo 3.493. Resultando que el citado Centro en el desarrollo de los cursos programados ha cometido una serie de irregularidades que conllevan la pérdida de la condición de Centro Colaborador. Considerando que esta Dirección General del INEM es competente según el artículo 33, punto 1 del Real Decreto 1618/1990, de 14 de diciembre (BOE 19 de diciembre 1990) regulador del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, para resolver la exclusión del censo de los Centros Colaboradores inscritos como tales por incurrir en las causas previstas en la citada disposición. Considerando que el Centro «Gabinete 2000¯ incurre en las causas de exclusión del censo previstas, en los artículos 33.1.a) por falta de material didáctico para la impartición de las clases y mal funcionamiento de los ordenadores y 33.2.c) por impago de las nóminas correspondientes a los profesores que imparten los cursos núms.: 60.031, 60.039, 60.038 y 60.033 correspondientes a la programación de 1989, desviando las ayudas económicas a fines distintos de los previstos.

Esta Dirección General, a propuesta de la Subdirección General de Gestión de la Formación Ocupacional, Acuerda la exclusión del censo de Centros Colaboradores del Centro, Gabinete

2000 de Huelva, y no realizar el abono de la subvención correspondiente a los cursos; 257, 357, 363 y 364 concedidos en la Programación del año 1991.

Notifíquese esta resolución al interesado en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley de Procedimiento Administrativo, advirtiéndole que contra la misma cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de quince días a contar desde la fecha de su notificación.

Madrid, 25 de septiembre de 1991.- El Director General de Gestión de la Formación Ocupacional.- Juan Ramón García Moreno.

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