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Para general conocimiento se hace público en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada en fecha 31 de octubre de
1991, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, resolviendo el Recurso núm. 612/89, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal: Fallamos: «Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso administrativo, interpuesto por el procurador Sr. Arévalo Espejo, en nombre y representación de Don Rafael Ruiz de Linares, contra resolución de 26 de septiembre de 1989 del Consejero de Gobernación, de la Junta de Andalucía, desestimatoria de recurso de reposición interpuesto contra otra de 8 de abril de
1988, por la que se denegaba al recurrente la compatibilidad solicitada; que confirmamos. Sin costas. Y a su tiempo con certificación de esta sentencia para su cumplimiento, devuélvase el expediente administrativo al lugar de procedencia¯.
Sevilla, 21 de abril de 1992.- El Director General, Juan Pedro Gómez Jiménez.
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