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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O :
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE PRIEGO DE CORDOBA (CORDOBA)
TARIFAS AUTORIZADAS
CONCEPTO
IVA INCLUIDO
CONSUMO DOMESTICO
Hasta 51 m3 trimestre 13,78 ptas/m3 Más de 51 m3 hasta 63 m3 trimestre 23,32 ptas/m3 Más de 63 m3 hasta 90 m3 trimestre 69,95 ptas/m3 Más de 90 m3 en adelante trimestre 139,92 ptas/m3
CONSUMO INDUSTRIAL
Todo consumo 11,66 ptas/m3 Cuota fija 1.327,75 ptas/abonado/semestre
BONIFICACIONES:
Tarifa reducida de uso doméstico 8,48 ptas/m3 Las tarifas de uso industrial podrán ser objeto de una bonificación entre el 1 y el 50 x 100 de la facturación, si se suministran por conducciones de uso doméstico.
Las tarifas aprobadas por la presente Orden habrán de adecuarse a lo dispuesto en el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por el Decreto 120/1991, de 11 de junio, una vez que el mismo entre en vigor.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de abril de 1992
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Economía y Hacienda
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