Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 5/5/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

CORRECCION de errores de la Resolución de 20 de junio de 1991, de la Universidad de Sevilla y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca Concurso para la provisión de plazas vinculadas de Cuerpos Docentes Universitarios y Facultativos Especialistas de Area de Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud. (BOJA núm. 86, de 27.9.91)

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Advertido error en la Resolución de 20 de junio de 1991 (BOJA de 27 de septiembre) citada, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 8.571, en el punto 1.1 de Normas Generales, donde dice: "y en lo no previsto por estas disposiciones, por la legislación vigente que regula el régimen general de ingreso en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, por el Real Decreto 2166/1984, de 28 de Noviembre (Boletín Oficial del Estado de 6 de diciembre, corrección de errores de

7 de enero de 1985), y la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo de 4 de febrero de 1985 (BOE del 6), modificada por la Orden de 3 de septiembre de 1985 (BOE del 11).

Debe decir:

"y en lo no previsto por estas disposiciones, se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 118/1991, de 25 de enero (BOE de 7 de febrero), sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social y normativa de desarrollo."

En la página 8.571, en el punto 1.5 de Normas Generales, donde dice: "El personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria podrá ser destinado a prestar servicios en cualquiera de las Instituciones Sanitarias del área asistencial a la que se adscribe la plaza, la cual tendrá a su vez vinculación orgánica y funcional prevista en el artículo 2.1 del Real Decreto 2166/1984, de 28 de noviembre (BOE de 6 de diciembre)."

Debe decir:

"El personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria podrá ser destinado a prestar servicio en cualquiera de los Centros Sanitarios del Area Asistencial a la que se adscribe la plaza, la cual queda vinculada orgánicamente al servicio jerarquizado correspondiente y funcionalmente al Area Asistencial al que esté adscrito dicho servicio jerarquizado".

En la página 8.573, en el punto 6.3.1 de la Base 6, donde dice: "Evaluación de méritos y proyecto docente. La Comisión seguirá para la evaluación de los méritos y el proyecto docente, lo establecido en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre y el Real Decreto 2166/1984, de 28 de noviembre".

Debe decir:

"Evaluación de méritos y proyecto docente. La Comisión seguirá para la evaluación de los méritos y el proyecto docente, lo establecido en el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, el Real Decreto 118/1991, de

25 de enero, así como normativa de desarrollo de este último."

En la página 8.573, en el punto 6.3.4 de la Base 6, donde dice: "La evaluación de las diferentes fases del Concurso reguladas por los Reales Decretos 1888/1984 y 2166/1984, tendrán un valor equilibrado."

Debe decir:

"La evaluación de las diferentes fases del Concurso reguladas por los Reales Decretos 1888/1984, de 26 de septiembre, y 118/1991 de 25 de enero, así como en las normas de desarrollo de este último, tendrán un valor equilibrado".

Sevilla, 6 de marzo de 1992

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