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En el recurso contencioso-administrativo nº 5282/90, interpuesto por D. Juan J. Sánchez Carrillo contra la Resolución de 7 de septiembre de 1990 de la Consejería de Salud sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 18 de octubre de 1991, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por D. Juan José Sánchez Carrillo, contra resolución, de 7 de septiembre de
1990, del Consejero de Salud de la Junta de Andalucía, desestimatoria de recurso de alzada interpuesto contra otra, de 27 de junio de 1990, del Director-Gerente del Hospital Universitario de Málaga por la que se acordaba la imposición al actual recurrente de la sanción de amonestación por escrito con constancia en el expediente personal; que confirmamos. Sin costas¯. En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA, para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 4 de mayo de 1992
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
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