Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 16/5/1992

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 24 de abril de 1992, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se somete a información pública el proyecto de autorización de instalaciones a la Empresa Nacional del Gas, SA, para la construcción del Anexo XI al proyecto de autorización de instalaciones (segunda alimentación a red de distribución de gas natural a industrias en Sevilla), correspondiente a la red de distribución de gas natural a industrias en Sevilla. (PP. 564/92).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles y artículos 87 de la Ley de Procedimiento Administrativo, 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, y a los efectos previstos en la Ley

10/1987 de 15 de junio, de disposiciones básicas en materia de combustibles gaseosos, se somete a información pública el siguiente proyecto de instalaciones:

Peticionario: Empresa Nacional del Gas, S.A. (ENAGAS), con domicilio en el Avda. de América, nº 38. 28028-Madrid. Objeto de la petición: Autorización de instalaciones para la construcción del Anexo XI al Proyecto de Autorización de Instalaciones (Segunda alimentación a Red de Distribución de Gas Natural a Industrias en Sevilla), correspondiente a la Red de Distribución de Gas Natural a Industrias en Sevilla.

Características de las Instalaciones: El Proyecto recoge el trazado y diámetro que son necesarios para la segunda alimentación a la Red de Distribución de GN a Industrias en Sevilla, y que se resumen en:

Conexión al Gasoducto Sevilla-Madrid en la Posición F-008. Tramo de interconexión provisional en 8" de diámetro y longitud de 686 metros.

Conexión a red existente de diámetro 6".

Presupuesto: 10.367.240 Ptas.

AFECCION A FINCAS PARTICULARES

Uno. Expropiación Forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalaciones fijas en superficie.

Dos. Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de dos metros de ancho, a lo largo del gasoducto, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como la de plantar árboles o arbustos, a una distancia inferior a dos metros a contar desde el eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco metros a contar desde el eje de la tubería. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Organo competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Tres. Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de anchura, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica. A dicha franja se permitirá el libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

La imposición de servidumbre de paso implica la prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a profundidad superior a 50 cm., así como de plantar árboles o arbustos o realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación en una franja de terreno de tres metros de anchura (1,5 m. a cada lado del eje de las instalaciones).

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

El Proyecto incluye planos parcelarios y relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho Proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda, en

Sevilla, sita en la Plaza de España, s/n, Puerta de Navarra, y presentar por triplicado en dicho centro las alegaciones que se consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente de la inserción de este anuncio.

Sevilla, 24 de abril de 1992.- El Delegado, Fco. Javier de Soto Chazarri.

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR SERVIDUMBRE DE PASO. PROYECTO

634: SEGUNDA ALIMENTACION A RED DE DISTRIBUCION EN GAS

NATURAL A INDUSTRIAS EN SEVILLA. PROVINCIA DE SEVILLA.

TERMINO MUNICIPAL DE ALCALA DE GUADAIRA.

Finca número: SE-AG-205. Titular y domicilio: Consejería de Obras Públicas y Transportes, Junta de Andalucía, Plaza de España, Sevilla. Afección: Servidumbre de paso (Ml.): 85; Ocupación temporal (M2): 1.952. Naturaleza: Arcén.

Finca número: SE-AG-206. Titular y domicilio: Francisco Martín González y Hnos. Martín Casilla, c/ Barrionuevo, 32, Alcalá de Guadaira. Afección: Servidumbre de paso (Ml.): 130; Ocupación temporal (M2): 910. Datos catastrales: Polígono: 4; Parcela: 6 y 8. Naturaleza: Arcén.

Finca número: SE-AG-2077. Titular y domicilio: Compañía Roca Radiadores, Ctra. SE-410, Km. 0,6, Alcalá de Guadaira.

Afección: Servidumbre de paso (Ml.): 418; Ocupación temporal (M2): 2.940. Datos catastrales: Polígono: 4. Naturaleza: Erial.

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR INSTALACIONES AUXILIARES. PROYECTO

634: SEGUNDA ALIMENTACION A RED DE DISTRIBUCION

EN GAS NATURAL A INDUSTRIAS EN SEVILLA. PROVINCIA DE SEVILLA. TERMINO MUNICIPAL DE ALCALA DE GUADAIRA.

Finca número: SE-AG-208PO. Titular y domicilio: Desconocido. Afección: Superficie a expropiar (M2: 8. Datos catastrales: Polígono:

3. Parcela: 7B. Naturaleza: Erial.

Descargar PDF