Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 30/5/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo

RESOLUCION de 19 de mayo de 1992, de la Secretaría General de Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 31/90, interpuesto por Promotora y Constructora Portuense Alja, SA.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 12 de diciembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.

31/90, promovido por Promotora y Constructora Portuense Alja, S.A. sobre Sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

FALLO:

Que debemos estimar y estimamos en parte el Recurso Contencioso-Administrativo

interpuesto por el Procurador Sr. Onorato Gordillo en nombre y representación de Promotora y Constructora Portuense Alja, S.A., contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía de dieciocho de octubre de mil novecientos ochenta y nueve el que debemos confirmar y confirmamos por ser conforme con el ordenamiento jurídico, salvo en la cuantía de la multa de las tres primeras infracciones que se establecen en

100.000, 10.000 y 100.000 pesetas respectivamente y manteniéndose íntegramente la última. Sin costas.

Sevilla, 19 de mayo de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.

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