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En el recurso contencioso-administrativo núm. 990/88 interpuesto por Doña María Teresa González Vélez contra Resolución de la Consejería de Salud de 14 de enero de 1988, sobre expediente sancionador, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia con fecha 10 de marzo de 1992, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Estimamos en parte la demanda interpuesta por Doña María Teresa González Vélez contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, y en consecuencia, anulamos las resoluciones impugnadas por contrarias a Derecho, y en su lugar, se impone a la demandante la sanción de amonestación, por la comisión de una sola falta, de carácter leve, sin condena en cuanto al pago de las costas.
En su virtud, esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/85, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA para general conocimiento y cumplimiento de sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 20 de mayo de 1992
JOSE L. GARCIA DE ARBOLEYA Y TORNERO
Consejero de Salud
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