Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 1/6/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 13 de marzo de 1992, del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de dieciocho explotaciones agrarias familiares en la finca Catalineta, sita en el término municipal de Santaella (Córdoba).

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De acuerdo con lo dispuesto en el Título III de la Ley 8/1984, de 3 de julio, de Reforma Agraria, en el Capítulo IV del Reglamento para su ejecución, aprobado por Decreto 402/1986, de 30 de diciembre, en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973 y, en virtud de lo establecido en el Real Decreto

1129/1984, de 4 de abril, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Reforma y Desarrollo Agrario.

Realizados los trámites correspondientes y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,

R E S U E L V O :

Primero. Convocar concurso para la adjudicación en régimen de propiedad de dieciocho explotaciones agrarias familiares en la finca «Catalineta¯, en el término municipal de Santaella (Córdoba). Las características y situaciones de las mismas se detallan en anejo a esta Resolución.

Segundo. Las Bases reguladoras del concurso se expondrán al público a partir de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, sito en calle Juan de Lara Nieto s/n, en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de Córdoba, sita en calle Santo Tomás de Aquino, 1 y en el Ayuntamiento de Santaella (Córdoba).

Tercero. Podrán tomar parte en el concurso las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española y ser mayor de 18 años.

b) Tener la condición de profesional de la agricultura, trabajador agrícola, técnico agrícola o joven de primer empleo procedente del medio rural.

c) En caso de varón, estar licenciado o exento del Servicio Militar o, justificar a juicio del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, el cumplimiento de las obligaciones que han de ser asumidas.

d) En caso de ser titular de empresa agraria o trabajdor agrícola por cuenta propia, que el rendimiento previsible a su propiedad o empresa, sumado al de la explotación que se le adjudica no supere en tres veces el salario mínimo interprofesional.

e) Haber sido titular de contrato de arrendamiento o aparceria sobre las parcelas de tierra a las que concursa hasta el momento de su adquisición por la Administración.

f) Ser adjudicatario de cultivo provisional del Instituto Andaluz de Reforma Agraria sobre la misma parcela de tierra a la que concursa, como consecuencia de la relación arrendaticia con el anterior propietario de la misma.

Cuarto. Los solicitantes deberán presentar la documentación siguiente:

a) Solicitud según modelo que figura como Anejo a las Bases reguladoras del concurso, debidamente cumplimentada, en la que deberá expresarse el lote por el que se concursa.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

c) Acreditación por cualquier medio de los admitidos en Derecho la condición de agricultor, joven de primer empleo o trabajador agrícola del solicitante.

d) En caso de tener en propiedad tierras o ser titular de empresa agrícola, Certificado del Secretario de la Cámara Agraria o, en su caso del Ayuntamiento que corresponda, acreditativo de la superficie de la que es titular y del régimen de tenencia de la tierra.

e) Quienes hayan sido titulares de contrato de arrendamiento o aparcería sobre las parcelas de tierra a las que se concursa hasta el momento de su adquisición por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, deberán presentar documentación acreditativa de tal circunstancia.

Asimismo quienes detente alguna concesión de cultivo a título individual en las mismas parcelas de tierra a las que concursan hasta el momento de la convocatoria del concurso, presentarán la documentación que lo acredite.

En ambos casos, la acreditación de la documentación solicitada se podrá probar por cualquier medio de los admitidos en Derecho o dejando constancia del registro público donde obre dicha documentación.

No obstante lo anterior y siempre con anterioridad al período de vista del expediente, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria podrá recabar la documentación complementaria que estime necesaria para una correcta verificación de los requisitos y de los méritos alegados por los concursantes.

Quinto. 1. Las solicitudes, dirigidas al Presidente del Instituto Andaluz de Reforma Agraria, se presentarán en los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (Calle Juan de Lara Nieto, s/n, 41071 Sevilla), en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de Córdoba (Calle Santo Tomás de Aquino, 1, 14004 Córdoba) o por cualquiera de los medios previstos por el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y por el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y por elartículo 51 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación de esta convocatoria carecen de validez, por lo que deberán afectuarse de nuevo, ajustándose a las exigencias del

presente concurso.

4. A la recepción de las solicitudes con la documentación exigida se procederá a su estudio por la Comisión Técnica y se comunicará a los interesados los defectos observados para que, en el plazo de diez días, procedan a subsanarlos. Transcurrido dicho plazo sin que por parte del interesado se haya procedido a la subsanación de estos defectos, se le comunicará su exclusión del concurso.

Sexto. La participación en el concurso supone la aceptación de todas las obligaciones estipuladas en sus Bases reguladoras.

Sevilla, 13 de marzo de 1992.- El Presidente, Fernando Ciria Parras.

ANEJO

RELACION DE LOTES, COMPOSICION DE PARCELAS Y SUPERFICIES QUE FORMAN CADA UNA DE LAS 18 EXPLOTACIONES AGRARIAS FAMILIARES EN LA FINCA "CATALINETA" DEL TERMINO MUNICIPAL DE SANTAELLA (CORDOBA).

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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