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En el recurso nº 4939/91-DF interpuesto por Federación de Sindicatos de Enseñanza de Andalucía de la Confederación General del Trabajo, se ha dictado sentencia con fecha 1.2.92, contra la resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de 24 de agosto de 1991 que anunciaba convocatoria pública para la presentación de solicitudes para cubrir posibles vacantes a sustituciones en Educación de Adultos, publicada en el BOJA 78 de 30 de agosto de 1991, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallo: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Federación de Sindicatos de Enseñanza de Andalucía¯.
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 11 de mayo de 1992.- El Consejero, P.D. (Orden de
17.2.88), El Viceconsejero, Juan Carlos Cabello Cabrera.
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