Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 16/6/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 9 de junio de 1992, por la que se hace pública la relación de opositores que han superado el proceso selectivo de ingreso a los Cuerpos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las modalidades de ingreso a la Función Pública Docente.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El punto segundo de la Orden de la Consejería de Educación y Ciencia de

12 de Mayo de 1992 (BOJA del 16), por la que se da cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Supremo recaída en el recurso nº 9723/91, deja sin efecto la Orden de 11 de Noviembre de 1991 (BOJA Nº 103, de 22-11-91) por la que se hacía pública la relación de opositores que habían superado el proceso selectivo de ingreso a los Cuerpos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Técnicos de Formación Profesional, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en las modalidades de ingreso a la Función Pública docente, de acuerdo con los criterios emanados de la Sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 25 de Junio de 1991.

Realizados además, en función de lo establecido en el párrafo anterior, los procesos y actuaciones que se indican en los apartados tercero, cuarto quinto, y sexto de la Orden de 12 de Mayo de 1992, todos ellos ejecutados aplicando los criterios de la Sentencia de 14 de Abril de 1992 dictada por el Tribunal Supremo, es necesario regular nuevamente todos los trámites y procesos afectados.

En su virtud, esta Consejería ha dispuesto:

1.- Hacer públicas, según anexos a la presente Orden, las listas por especialidades y orden de puntuación de los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo de ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, en la modalidad de ingreso en la Función Pública Docente, de conformidad con lo establecido en la Orden de 25 de abril de 1991, con indicación de la puntuación total que les ha correspondido.

2.- Nombrar, con carácter provisional, funcionarios en prácticas de los citados Cuerpos a los aspirantes que figuran en los anexos a que se hace referencia en el punto anterior.

3.- Abrir un plazo de 20 días naturales, para que los aspirantes seleccionados presenten los documentos enumerados en la Base 8º. de la Orden de 25 de abril de 1991.

3.1.- Quedan exceptuados de este trámite todos los aspirantes seleccionados que lo hubieran cumplimentado con anterioridad.

3.2.- Quienes dentro del plazo fijado no presenten la documentación, o del exámen de la misma se deduzca que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base 2ra. de la citada Orden de convocatoria, así como quienes lo hubieran hecho con anterioridad de forma inadecuada y no lo subsanen en este plazo, no podrán ser nombrados funcionarios en práctica con carácter definitivo y quedarán anuladas sus actuaciones.

4.- Con objeto de garantizar la fase de prácticas, la Dirección General de Personal hará Públicas, a través de los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales, las provincias a las que deberán incorporarse los aspirantes que no estén prestando servicios en Centros Docentes dependientes de esta Consejería de Educación y Ciencia. En consecuencia y para alcazar lo indicado al principio de este apartado, se podrá ampliar el plazo de incorporación a la citada fase. así como el de la finalización de la misma, ambos previstos en la Orden de 5 de Marzo de

1992, publicada en el BOJA, nº 22, de 13 de Marzo de 1992.

4.1.- La Delegación Provincial correspondiente determinará el Centro donde los aspirantes realizarán dichas prácticas. Este destino tendrá carácter provisional y el definitivo lo obtendrán a través de los sucesivos concursos de traslados a los que vienen obligados a participar.

4.2.- Los aspirantes que no se incorporen a su destino en el plazo señalado en el punto 8.5. de la citada Orden de 15 de Abril de 1992. se considerará que renuncian a los derechos que como consecuencia de la superación del proceso selectivo pudieran corresponderles.

5.- Los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por dos o más Cuerpos o por dos o más especialidades del mismo Cuerpo, deberán ejercitar opción por uno de los puestos mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo solicitar prórroga para la realización del período de prácticas en el otro puesto.

6.- Aquellos aspirantes que hayan superado el proceso selectivo para ingreso en un mismo Cuerpo y especialidad, en convocatorias correspondientes a distintas Administraciones Educativas, deberán, en el plazo de 10 días contados a partir de la publicación de esta Orden, optar por una de ellas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Personal, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

7.- Aquellos aspirantes seleccionados que necesiten aplazamientos de incorporación a la fase de prácticas pro encontrarse cumpliendo el servicio militar, por gestación o por otras causas debidamente justificadas, deberán solicitarlo por escrito a la Dirección General de Personal, acompañando los documentos justificativos, a los efectos de que sean apreciados por dicho Dirección General, salvo que lo hubieran solicitado con anterioridad y deseen mantener la misma opción.

8.- Asimismo, se abre un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente, al de publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para que aquellos aspirantes que han resultado seleccionados en virtud del cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo recaída en el recurso 9723/1991 y que no lo hubieran realizado en el plazo marcado por Orden de 16 de diciembre de 1991 (BOJA del 20), presenten solicitud de participación en el concurso de traslados conforme a las Bases establecidas en la citada Orden.

9.- Se faculta a la Dirección General de Personal para adoptar cuántas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

10.- Contra la presente Orden se podrá formular recurso de reposición ante la Consejería de Educación y Ciencia en el plazo de un mes, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de conformidad con el artículo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y el artículo 52 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 9 de junio de 1992

ANTONIO PASCUAL ACOSTA

Consejero de Educación y Ciencia

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Descargar PDF