Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 54 de 16/6/1992

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 19 de diciembre de 1991, de la Universidad de Cádiz, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz.

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En cumplimiento de los dispuesto en Los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Junta de Andalucía núm. 274/1985, de 26 de Diciembre de 1985, y con la finalidad de dar cumplimiento a la Disposición Transitoria Decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionada a la misma por la Ley 23/1988, de 28 d de Julio.

Este Rectorado, en uso de la competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.e) de la misma y en los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas Informática de la Universidad de Cádiz, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA.

BASE 1. NORMAS GENERALES.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el sistema de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas, no podrán ser acumuladas a ningún otro turno de acceso.

1.2. Las presentes pruebas selectivas se regirán por las bases de esta convocatoria, y en cuanto le sea de aplicación por la Ley 30/1984, de 2 e Agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de Julio, el artículo 37 de la Ley 31/1990, el Real Decreto 2223/1984, de 19 de Diciembre (BOE, del

21), Los Estatutos de la Universidad de Cádiz, y, con carácter supletorio el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de Marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas (BOE. núm.

78, de 1 de Abril de 1991).

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.

1.4. El Programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5 El personal que supere las pruebas selectivas de acceso, quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya reconvertido y deberá de permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos años.

1.6 El primer ejercicio de la fase oposición se iniciará en la segunda quincena del mes de Octubre de 1992.

Como mínimo con cuarenta y ocho horas de antelación. a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase oposición y en el tablón de anuncios de Rectorado de la Universidad.

BASE 2.- REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.-

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener, antes de la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, el título de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente, como mínimo.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas, deberán ocupar actualmente, o haber ocupado a la entrada en vigor de la Ley 23/1988, de

28 de Julio, un puesto de trabajo de personal informático en la Universidad de Cádiz, mediante contrato laboral indefinido, y reunir los demás requisitos establecidos en las presentes bases de convocatoria.

El tiempo de servicios prestados, en el puesto de trabajo desempeñado actualmente, será computable, a efectos de antigüedad, en la fase de concurso, como servicios prestados en la escala en la que se pretende acceder.

BASE 3.- SOLICITUDES.-

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la instancia que será facilitada gratuitamente en los Gobiernos Civiles de cada provincia, en la Delegaciones de Gobierno de Ceuta y Melilla y en el Rectorado de la Universidad de Cádiz. A la instancia se acompañarán dos fotocopias del Documento Nacional de Identidad.

Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación, según modelo contenido en el Anexo V, expedida por el Servicio de Personal de la Universidad de Cádiz, acreditativo de su antigüedad en la misma, así como de la superación de prueba selectiva para acceso al puesto de trabajo que desarrolla actualmente o que haya desarrollado, en su caso, como personal laboral.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 ejemplar a presentar por el interesado" del modelo de solicitud) se hará en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, o en la forma establecida en el artículo 51, de la Ley 6/1983, de 21 de Julio, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la forma prevista en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE y se dirigirá al Rector de la Universidad.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomádas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo, competente.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicar, en la instancias, la minusvalía que padecen. También, deberán solicitar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación se necesaria.

BASE 4.- ADMISION DE ASPIRANTE.

4.1 Expiado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Cádiz, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público, la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios. dichas listas deberán ponerse de manifiesto en todo caso en la Universidad convocante y en el Gobierno Civil de la Provincia en que radique la Universidad. En la lista deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y número de DNI., así como la causa de exclusión.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de reposición. Contra en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Rector de la Universidad, quien resolverá lo procedente.

De no presentarse recurso de reposición, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso de reposición si el aspirante fuera definitivamente excluido de la realización de las pruebas selectivas.

BASES 5.- TRIBUNALES.

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos o Escalas en los cinco años anteriores al de la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el Boletín Oficial del Estado resolución por la que se nombrará a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la Base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presente de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal, se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de procedimiento Administrativo.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la Base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase oposición, que sean escritos y no deban ser leidos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de Febrero de

1985 (Boletín Oficial del Estado del 22) o cualquier otros equivalentes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, c/ Ancha núm. 16, Telf. 223808.

5.11 El Tribunal que actué en esta pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de de 21 de Marzo (BOJA de 21 de Abril de 1989).

BASE 6.- DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS.

6.1 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con finalidad de acreditar su personalidad.

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.3 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede de los Tribunales señalada en la Base 5.10 y por cualquiera otros medios si se juzga convenientes para facilitar la máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede de los Tribunales, y por cualquier otro medio si se estima conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.4 El cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión el aspirante podrá interponer recurso de reposición ante la misma Autoridad indicada en el párrafo anterior.

BASE 7.- LISTA DE APROBADOS.

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal, señalada en la Base 5.10, y en aquellos otros que estimen oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

BASE 8.- PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTOS DE FUNCIONARIOS.

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar de examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos.

A) Fotocopia compulsada del Título exigido en la Base 2.1.3, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor no presentaren la documentación o del examen de las mismas se dedujeran que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Por Resolución de la autoridad convocante, y al propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento del funcionario de carrera, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

La propuesta de nombramiento, deberá acompañarse de fotocopia del documento Nacional de Identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en la pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, con el apartado "reservado para la Administración " debidamente cumplimentado, así como certificado a que se refiere la Base 3.1

BASE 9. "NORMA FINAL".

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Cádiz, 19 de diciembre de 1991.- El Rector Accidental, Diego Sales Márquez.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACION

I.A. EJERCICIOS

Sistema de Plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas: El Procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema empleado, será el de concurso-oposición y estará formado por los ejercicios, que a continuación se indican, siendo obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de ochenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basadas en el contenido del programa de estas pruebas. El tiempo para la realización del ejercicio será de cien minutos.

El Tribunal, para aquellos aspirantes que a su juicio justifiquen haber acreditado los conocimientos correspondientes a la II parte del Programa en las pruebas superadas para acceder a la condición de laboral, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de

27 de Marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para la Administraciones Públicas (BOE núm. 78, de 1 de Abril de 1991), podrá acordar que el cuestionario se base solamente en la primera parte del Programa.

Segundo ejercicio: El Tribunal presentará seis supuestos prácticos de entre las materias contenidas en la II parte del programa de estas pruebas. Los aspirantes deberán elegir dos de entre los seis supuestos. El tiempo para la realización de este ejercicio, será de dos horas.

Estes segundo ejercicio podrá suprimirse para aquellos aspirantes que justifiquen que se corresponde con conocimientos ya acreditados en las pruebas superadas para acceder a la condición de laboral, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministerio para las Administraciones Públicas (BOE núm. 78, de 1 de Abril de 1991).

I.B. VALORACION.

Fase de concurso: La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera.

A) Antigüedad: La antigüedad del solicitante, a que se refiere la base

2.2, se valorará hasta un máximo de 6 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos, los servicios prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 1 punto hasta el límite máximo expuesto.

B) Prueba selectiva: Los aspirantes que hubiesen superado, en su día, una prueba selectiva de carácter público para acceder a la condición de laboral en la Universidad, se les valorará, concediéndole cinco puntos por ello.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, se sumarán a la puntuación final. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

A) Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario un mínimo de cinco puntos.

B) Segundo ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos, y serán eliminados aquellos opositores que no obtengan como mínimo cinco puntos. A los aspirantes que no realicen este segundo ejercicio, por habérseles suprimido, de acuerdo en el apartado IA., el Tribunal los calificará con cinco puntos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase de oposición más lo obtenidos en la fase de concursos.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la fase oposición más los obtenidos en la fase de concurso.

ANEXO II

PROGRAMA OPOSICIONES LIBRES GRUPO B

I PARTE

1. La Constitución Española de 1978: estructura. Los poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno y la Administración.

2. Los derechos fundamentales. Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales en la Constitución española. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

3. El Estado de los autonomías. Precedentes histórico-constitucionales. Su regulación en la constitución española: vías de acceso a la autonomía e Instituciones Autonómicas.

4. La Organización Territorial del estado en la Constitución. La Administración Local: La Provincia y el Municipio. Las Comunidades Autónomas. Su Constitución, competencias. Los Estatutos de Autonomías.

5. La Administración Pública: concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado. Gobierno y Administración. Control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración. La Administración y la norma jurídica: el principio de legalidad.

6. Las Fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clases. Jerarquía normativa: Autonomía y sistemas de fuentes: La Ley: concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento. Clases. Fundamento y límite de la potestad reglamentaria. Reglamentos ilegales. Los reglamentos de los órganos constitucionales.

7. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo. Principios informadores. La fases del procedimiento: iniciación. ordenación, instrucción y terminación. Procedimiento de ejecución. Los procedimientos especiales.

8. Los recursos administrativos: concepto y clases.

Requisitos generales de los recursos administrativos. Materia recurrible, legitimación y órgano competente. Examen especial de los recursos de alzada, reposición, revisión y súplica. La Jurisdicción contencioso-administrativa: concepto y naturaleza.

9. Los contratos administrativos: naturales, caracteres y clases. Elementos. Formas de contratación. Resolución, rescisión y denuncia. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Acomodación de la LCE. a la legislación comunitaria.

10. La Naturaleza jurídica de las Universidades. las Universidades como Administración autónoma. Los Estatutos de las Universidades. Naturaleza normativa. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz.

11. Organización académica de la Universidad: Departamentos, Institutos, Facultades, Escuelas Técnicas Superiores. Escuelas Universitarias, Colegios Universitarios.

12. Organos de Gobierno: El Rector, los Vicerrectores, el Secretario General, Los Decanos y Directores. El Gerente. Organos colegiados de gobierno, especial referencia al Consejo Social.

13. Clases y régimen jurídico del Profesorado Univesitario. Clases y régimen jurídico del personal de Administración y Servicios. La representación del personal de las Universidades.

14. Régimen de alumnado. Acceso, permanencia y colación de grados. La expedición de títulos académicos. Competencias estatales y universitarias. El sistema de becas al estudio.

15. Las transferencias de las competencias universitarias estatales a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización actual de la Consejería de Educación y Ciencia.

II PARTE

1. Conceptos generales de informática. Introducción a los ordenadores. Estructura de la información digital. Los circuitos lógicos: Generalidades. Algebra de Boole.

2. Arquitectura de ordenadores. Modelo general de un ordenador: Estructura y funciones. Evolución y generaciones.

3. Las memorias: definición y tipos. Memoria central: funciones y diferentes modos de acceso. Memoria secundaria: Tipos. Organización de los datos.

5. La periferia del ordenador. Soportes de la información. Unidades de Entrada. Unidades de Salida. Canales de entrada y de Salida.

6. Microinformática: concepto de microprocesador. Arquitectura de microordenadores. Sistemas mono y multiusuario. Periferia.

7. Los Sistemas Operativos. Conceptos básicos. Elementos. Sistemas operativos en microordenadores.

8. Sistema Operativo. Gestión de procesos: Tiempo real. Tiempo compartido. Proceso secuencial. Multiproceso. Multiprogramación. Concurrencia de Profesos.

9. Sistema Operativos: Gestión de memoria. Memoria virtual. Gestión de Entrada-Salida. Protección de recursos.

10. El Sistema Operativo Unix. Características fundamentales.

11. Lenguaje máquina. Fuentes y objetos. Ensambladores. Compiladores. Traductores e intérpretes.

12. Características básicas de los lenguajes de programación: instrucción de entrada-salida, bucles, transferencias de datos. Análisis comparativo de los principios lenguajes.

13. Lenguajes orientados a la informática de gestión. Lenguaje COBOL; Estructura. Organización de un programa COBOL.

14. El Lenguaje de Programación C. Características Básicas.

15. Concepto de información. La información en los ordenadores. Codificación. Corrección y detección de errores.

Representación de números y caracteres. Códigos EBCDIC y ASCII.

16. La organización de los datos. Organización directa, secuencial y secuencial indexada. Organización física y organización lógica. Métodos de acceso.

17. La funciones informáticas: Dirección, Desarrollo, Explotación, Producción y Sistemas, Tipologías organizativas en la función de Desarrollo.

18. El Centro de Proceso de Datos. Tipologías Organizativas.

19. Instalación Física del Centro de Proceso de Datos: Seguridad.

20. Teoría de sistemas de información: Concepto. Objetivos. El proyecto informático. Ciclo de vida. La documentación.

21. Fases de realización de los sistemas de información: Estudios previos: El Análisis Funcional. El Diseño Orgánico. La programación. Las pruebas. Instalación y Formación. Mantenimiento.

22. Programación: Estructura de programas. Algoritmos y datos. La programación estructurada. Metodologías. LCS, Jackson, Bertini y Warnier

23. Programación: Cuaderno de carga. Cuaderno de pruebas. Diagramas de Entrada-Proceso-Salida. Diagrama de Flujo. Ordinogramas.

24. Programación; Tablas de decisión. Rejilla de datos. Pseudocódigos. Listas de instrucciones. Codificación.

25. Programación: Juegos de ensayos. Pruebas. Depuración. Análisis de errores.

26. Programación: Tratamiento de ficheros. El Concepto de índice. Apuntadores. Registros, sus tipos. Accesos concurrentes. Seguridad y bloqueo de datos.

27. Lenguaje procedimentales y de control. Cadenas de Proceso. Comandos.

28. Logical de ayuda a la programación. Editores. Generadores de pantallas, de informes y de programas. Depuración de programas, Otros programas de utilidad.

29. Bases de Datos: concepto, Modelos jerárquicos. Modelo en red. Modelos relacionales.

30. Bases de Datos: Diseño. Análisis previo. Asignación de recursos y medios. Viabilidad. Diseño lógico y físico. Definición de registros.

31. Bases de Datos: Facilidades de consulta a través del gestor de Bases de datos. Diccionario de datos. Enlace con lenguajes de alto nivel.

32. Bases de Datos: Integridad. Seguridad. Independencia. Control de redundancia. Protección física de los datos.

33. Bases de datos documentales. Lenguajes de interrogación. Thesaurus. Procedimientos y perfiles. Sistemas de recuperación de información: análisis comparativo.

34. Teleinformática. Conceptos generales sobre transmisión de datos: Características y tipos de líneas para transmisión de datos: Equipos terminales del circuito de datos.

35. Tipos de redes: clasificación por topología. Clasificación por tecnología. Conmutación de circuitos. Conmutación de mensajes. Conmutación de paquetes.

36. Redes públicas de transmisión de datos: IBERPAC, RAC. Servicios Telemáticos (Videotex, teletex, datáfonos).

37. La automatización de oficinas: Tecnológicas ofimáticas. Herramientas disponibles. Impacto en la organización.

38. El tratamiento de textos. Sistemas mono y multipágina. Ortografía automática. Técnicas de justificación y compensación.

39. El tratamiento de la imagen. Digilitalizadores y scanners. Discos óptimos, numéricos y videodiscos. Logical de compactación de imágenes y acceso múltiple.

40. Redes locales. Integración de sistemas heterogéneos. El modelo ETHERNET.

41. Los paquetes ofimáticos integrados. Procesos de textos. Hoja electrónica. Correo electrónico. Agenda. Gráficos. Gestor de datos. Teléfono. Calculadora.

42. Gestión automatizada del personal: Información necesaria y aplicaciones informáticas.

43. Automatización de la gestión presupuestaria: Información necesaria y aplicaciones informáticas.

44. La informática en el seguimiento de expedientes: Información necesaria y aplicaciones informáticas.

45. Informática y derecho a la intimidad. La situación al amparo de la Constitución: La protección jurídica del logical.

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal Calificador estar compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Excelentísimo Sr. D. José Luis Romero Palanco, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad, Rector Magnífico de la Universidad de Cádiz.

Secretario: D. Pedro Cervera Corbacho, de la escala de Auxiliar Administrativa de la Universidad de Cádiz.

Vocales: Ilmo. Sr. D. José Ramón Repeto Gutiérrez, Gerente de la Universidad de Cádiz: D. Juan Almorza Daza, del Cuerpo de Profesores Titulares de Enseñanzas Medias, en representación de la Junta de Andalucía, y D. Eugenio Ricote Gil, del Cuerpo General de Gestión, en representación de la Administración del Estado.

Presidente: D. Juan Luis Romero Romero, del Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Secretario: D. José Buitrago Valera, del Cuerpo de Profesores Titulares de Enseñanzas Medias.

Vocales: D. José Ramírez Labrador, del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad; D. José Manuel Puertas Bonilla del Cuerpo Superior Facultativo (especialidad informática), en representación de la Junta de Andalucía, y D. Francisco Jaén Pérez, del Cuerpo General de Gestión en representación de la Administración del Estado.

ANEXO IV

D.---------------------------------------------, con domicilio en--------- ______________________________________________ y con Documento Nacional de Identidad nº _________________, declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala ________________________, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En _________________, a ________ de ____________________ de 199____

ANEXO V

D. _______________________________________________________________________ Cargo_____________________________________________________________________ CERTIFICO: Que de los antecedentes obrantes en este Centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos: DATOS DEL OPOSITOR

Apellidos y nombre: ______________________________________________________ Categoría a la que pertenece: ___________________________________________ DNI., ___________________________ NRP.: ________________________ Fecha de nacimiento: _____________________ Lugar de nacimiento: ___________________ __________________________________________________________________________ TURNO DE INTEGRACION Nº Opositor ____________

FASE DE CONCURSO:

1. Destino actual: _______________________________________________________

2. Antigüedad en la CATEGORIA objeto de la convocatoria de integración, hasta el día de publicación de las misma:____________ años, ____________ meses y ________________ días.

3. El opositor arriba mencionado accedió a la plaza mediante pruebas selectiva de carácter público.

4. En la citada pruebas selectiva se acreditaron los siguientes conocimientos:

Y para que conste, expido la presente certificación en

(Localidad, fecha, firma y sello).

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