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De orden de la Excma. Sra. Consejera de la Presidencia, se ordena el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia número 678/92 de 11 de mayo de 1992 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recaída en el recurso contencioso-administrativo
715/90 promovido por Radio Indalo Levante, S.L., contra Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 1989, sobre adjudicación provisional de una emisora de radio difusión sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, radicada en Mojácar (Almería).
El fallo de la citada sentencia dice como sigue:
«Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por «Radio Indalo Levante, S.L.¯, representada por el Procurador D. Enrique Alameda Ureña, contra Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 1 de agosto de 1989, confirmado por resolución denegatoria presunta del recurso de reposición formulado por la actora, por el que se otorgó la adjudicación provisional de la Emisora de Radiodifusión de Mojácar (Almería) a «Radiotona, S.A.¯; declarando los referidos actos ajustados a Derecho; sin expresa condena en costas¯.
Sevilla, 17 de junio de 1992.- El Secretario General Técnico, José M. Oliver Pozo.
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