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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 1991, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1494/89, promovido por Transportes Alsina Graells Sur, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
Estimar en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Transportes Alsina Graells Sur, S.A., contra el acuerdo de la Consejería de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de 7 de abril de
1989 por la que en alzada se confirmaba resolución dictada por la Delegación Provincial del mismo organismo en Almería, en el expediente núm. 231/89, por la que se imponía una sanción de
50.000 ptas., declarando válida y conforme a derecho la resolución recurrida salvo en cuanto a la multa la que se declara corresponde a la de una falta leve en su grado medio, señalándolos en cuantía de 25.000 ptas.; sin expresa condena en las costas.
Sevilla, 10 de junio de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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