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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 20 de enero de 1992, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.
1729/89, promovido por Construcciones Levita, S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O :
desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Construcciones Levita, S.A. contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Fomento de 28 de junio de 1989, que en alzada imponía a la recurrente por infracción laboral la sanción de multa de cien mil pesetas, debemos declarar y declaramos válida y conforme a derecho; sin expresa condena en costas.
Sevilla, 10 de junio de 1992.- El Secretario General Técnico, Venancio Gutiérrez Colomina.
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