Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 27/6/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Asuntos Sociales

RESOLUCION de 12 de junio de 1992, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convoca concurso para premiar la elaboración de materiales didácticos que promuevan la diversificación de opciones profesionales en niñas y niños y personas adolescentes.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

la Ley 10/1988 de 29 de diciembre, creó el Instituto Andaluz de la Mujer, el Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba su Reglamento, establece en sus fines promover las condiciones para que la igualdad del hombre y la mujer en Andalucía sea real y efectiva, y, en su artículo 4, realizar cuantas actividades sean requeridas para el logro de los fines expuestos. El Plan de Igualdad de Oportunidades, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 30 de enero de 1990, establece en sus objetivos, promover la diversificación de opciones escolares y profesionales para las niñas y jóvenes, dedicando una atención preferente a la formación y orientación profesional.

Teniendo en cuenta la evolución de la sociedad andaluza en los últimos años y el progresivo acceso de la mujer al trabajo remunerado, se hace necesario promover las condiciones para posibilitar que las mujeres no elijan una formación que las dirija a trabajos con bajo nivel de responsabilidad o poca remuneración. Para ello se deben buscar las vías a fin de que niñas y niños tengan, desde los primeros años, las orientaciones y recursos imprescindibles para acceder a sus futuras profesiones en condiciones de igualdad.

La aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, favorecerá la consecución del objetivo propuesto, a cuya contribución se vienen promoviendo, desde la Consejería de Educación y Ciencia, diversas acciones en el marco del Plan de Igualdad antes mencionado.

En consonancia con lo anterior, y en virtud de lo atribuido en el artículo noveno del Decreto 1/1989, esta Dirección

HA RESUELTO

Convocar premios con el objeto de fomentar la realización y elaboración de materiales didácticos no editados, destinados a promover una orientación profesional no discriminatoria y diversificada en niñas y niños, en los que se valorarán los siguientes aspectos:

1) La modificación de los estereotipos tradicionales respecto a la mujer en textos, imagen gráfica y lenguaje.

2) El tratamiento para el cambio de actitudes y expectativas que condicionan a hombres y a mujeres a puestos de trabajo jerarquizados.

3) El análisis sobre la participación de la mujer en el espacio público en situación de igualdad.

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera: Podrán participar personas o grupos de personas, que posean la nacionalidad española y sean mayores de edad.

Segunda: Se concederán los premios siguientes, que estarán sujetos a las retenciones impositivas legalmente establecidas: Un primer premio de 500.000 ptas.

Dos segundos premios de 350.000 ptas.

Cuatro terceros premios de 200.000 ptas.

Tercera: Los trabajos deberán entregarse en el Registro General del Instituto Andaluz de la Mujer, sito en la C/ Alfonso XII núm.

52, 41002 Sevilla, o por cualquiera de las vías establecidas en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y en el art.

51 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza, acompañando solicitud, debidamente firmada, dirigida a la Ilma. Sra. Directora del Instituto, en la que figurará nombre y apellidos, número de documento nacional de identidad, domicilio completo y teléfono de contacto. Deberá adjuntarse fotocopia del DNI. Si la solicitud viniera referida a grupos de personas, deberá adjuntarse, además, poder bastante del grupo a favor de la persona que ostentará la representación del mismo.

El plazo de presentación finalizará a las 14 horas del 15 de octubre de 1992.

Cuarta: Para conceder los premios, se constituirá un Jurado, cuya composición será:

Presidenta: Directora del Instituto Andaluz de la Mujer. Vocales: Jefa del Gabinete de Estudios y Programas del Instituto Andaluz de la Mujer.

Jefa del Servicio de Coordinación de la Consejería de Asuntos Sociales.

Responsable de Igualdad de la Consejería de Educación y Ciencia.

Asesora Técnica de Programas Educativos del Instituto Andaluz de la Mujer.

Una persona destacada por su labor profesional en coeducación, designada por la Directora del Instituto Andaluz de la

Mujer.

Uno de los Vocales, actuará como Secretario/a, siendo designado/a en la primera reunión que mantenga el Jurado.

La concesión de los premios se efectuará por el Jurado mediante votación, rigiéndose a estos efectos por lo establecido en los artículo 9 a 15 de la Ley de Procedimiento Administrativo. La decisión del Jurado será inapelable. Igualmente podrán declararse desiertos los premios convocados, si a juicio del Jurado no alcanzasen la calidad suficiente para hacerlos acreedores a los mismos. El fallo del Jurado se hará público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinta: El Instituto Andaluz de la Mujer podrá dar a los trabajos que resulten premiados la difusión y empleo que estime conveniente, en un plazo no superior a los venticuatro meses siguientes a la publicación del fallo del Jurado.

Sexta: Los materiales presentados, que no hubiesen obtenido premio, serán devueltos a los solicitantes que lo requieran, en el plazo de los 30 días hábiles siguientes a la publicación del fallo del Jurado. Los no reclamados en el plazo establecido, serán destruidos.

Séptima: La concurrencia a la presente convocatoria de

premios supone la aceptación íntegra de las presentes bases.

Sevilla, 12 de junio de 1992.- La Directora, Carmen Olmedo Checa.

Descargar PDF